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  • notifique bajo responsabilidad...y ahora??

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #625970  por carmelaach
 
Buenas noches, estimados colegas. Les cuento, en un juicio por alimentos luego de varios (muchos) intentos de notificar al demandado, varias audiencias a las que solo concurrimos mi clienta y yo...etc, etc...no viene al caso explicar las idas y vueltas... solicito notificacion bajo responsabilidad, me la conceden, notifico, no se presenta este buen hombre a la audiencia. Tengo fijados alimentos provisorios, no pasa un peso.
Como sigo... solicito rebeldia, se dicte sentencia definitiva, como prosigo con la ejecucion de alimentos atrasados (la causa lleva casi un año), solicito se descuente la cuota de sus haberes y se deposite...por favor, si me pueden guiar se los agradezco desde ya.
Saludos cordiales.
 #626023  por carmelaach
 
Si, ya paso la audiencia y no se presento. Luego el expte. paso al asesor y ahora volvio. Solicito sentencia definitiva??
El ddo. trabaja en blanco (policia federal), presente recibos de sueldo y oficios a la policia. Presente pliego de posiciones (no se presento a la absolucion... confeso). Ofreci testimonial pero tal vez me convenga desistirla para no dilatar mas el proceso. Que me aconsejas?
 #626066  por ANAMARIAP
 
Sí, teniendo en cuenta lo engorrosos que son los Tribuanles de Familia, y lo que tardan los expedientes, yo me lanzaría a pedir sentencia definitiva con las constancias que obran en autos y automaticamente la traba de embargo sobre el sueldo del demandado. Éxitos, Un saludo, Anamaria
 #626775  por Mariaola
 
No hay que fijar la audiencia del 337 primero???
Y en ese caso, si no concurre, hay que pedir que se fije la cuota según lo soliticado en la demanda.
Así es en provincia de Buenos Aires.-
 #626853  por ANAMARIAP
 
Según el Código de Prov se fija otra aud con habilitacion de dias y hs inhábiles, si no concurre a esa comforme al 641, se dicta sentencia. Pero muchas veces, en distintos asuntos, se resuelve lo que se pide 8) , de última lo pondrán como un previo para carmelaach.
Un saludo, ANAMARIA
 #627325  por MALVINACH
 
Hola a mi me esta pasando algo muy parecido, el demandado en mayo no se presento a la primera audiencia, solicité otra audiencia me la dieron para Octubre, la semana que viene tengo la audiencia. Nunca cumplio con los alimentos provisorios, como tampoco abonó multa de 700$ que fijaron por incomparecencia. Ahora si Dios quiere en caso de que se presente voy a exigir que se abone los 700 + alimentos atrasados. Ojalá se llegue a un arreglo. Encima ahora el demandado esta sin trabajo. Una mala suerte!!!
Soy nuevita en esto, me pueden orientar mas o menos como es una audiencia? quien habla las partes o los letrados? Se habla de los honorarios?
 #627328  por Mariaola
 
Generalmente lo que yo hago es detectar que clase de cliente tengo en frente... si es alguien que va a poder expresarse sin dificultad y sin agresión sobre todo o si es alguien que no me conviene que hable y de ahí parto... y veo que es lo que voy a hacer yo en la audiencia.
Tema honorarios nunca vi que se tratara en las audiencias que yo he estado... no es la etapa procesal oportuna, ya que primero hay que estimar la base regulatoria y después se regulan los honorarios.-
 #893189  por nadiahakin
 
a mi me pasa algo parecido, vamos a ver si mepueden ayudar...
me canse de intentar de notificar al demandado, evade todas las notificaciones... ahora pedi una bajo resp. de parte actora.
NUNCA LO PUDE NOTIFICAR, NI DEL TRASLADO DE DEMANDA, NI ALIM. PROVISORIOS, NI NADA. (a pesar de que ve al menor, a la mandre y abe del juicio iniciado, no le importa nada)
ahora.... si me dan esta notificacion (bajo resp. de parte) y no va a la audiencia del 636 ... se fija una segunda y si no va de nuevo se fijan alimentos segun la demanda presentada? entendi bien o me pierdo de algo?

la verdad les pregunto esto porq en el tribunal de familia de quilmes no me brindan ayuda alguna y hace 6 meses q el menor no percibe alimentos.

GRACIASSSSSSSSSSSS
 #895324  por NORMA
 
nadiahakin escribió:a mi me pasa algo parecido, vamos a ver si mepueden ayudar...
me canse de intentar de notificar al demandado, evade todas las notificaciones... ahora pedi una bajo resp. de parte actora.
NUNCA LO PUDE NOTIFICAR, NI DEL TRASLADO DE DEMANDA, NI ALIM. PROVISORIOS, NI NADA. (a pesar de que ve al menor, a la mandre y abe del juicio iniciado, no le importa nada)
ahora.... si me dan esta notificacion (bajo resp. de parte) y no va a la audiencia del 636 ... se fija una segunda y si no va de nuevo se fijan alimentos segun la demanda presentada? entendi bien o me pierdo de algo?

la verdad les pregunto esto porq en el tribunal de familia de quilmes no me brindan ayuda alguna y hace 6 meses q el menor no percibe alimentos.

GRACIASSSSSSSSSSSS
No te olvides de presentar ANTES de la audiencia las posiciones para absolver,te seràn de gran ayuda si no concurre el demandado !!!
 #895438  por nadiahakin
 
hola norma! gracias por la ayuda!! si ya las presente con la demanda!! me toco en el 1 de quilmes, te hago una consulta, pedi notificarlo bajo resp. de parte actora alegando que vive alli por el mero hecho de q es alli donde la madre lleva al menor y lo va a buscar, el menor permance en ese domicilio cuando esta con el padre, les parece suficiente? si no va se maneja como lo expresa el codigo?, es decir fijar nueva audiencia con la posibilidad de fijar el monto de la cuota en su ausencia? gracias por tu ayuda!! estoy perdida y tengo miedo q me anulen el proceso y mi cliente cargue conl las costas..