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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #53104  por alej2007
 
hola a todos, este es mi primer mensaje en el foro, y consulta a la vez, seguramente para muchos sera mas q obvia pero a mi me preocupa porq el la jubilacion de una familiar.....mayor responsabilidad
Nacio el 21/9/1947
Arme este borrador
desde 10/1965 hasta 9/1969 costurera
desde 10/1969 hasta 12/1980 relacion de dependencia
04/1981 hasta 9/1993 costurera
Con eso llego a 27 años y 6 meses????
Por lo q lei se pueden pagar por servicio domestico lo faltante??? Como lo hago PLEASE
Puedo tomar DDJJ desde 10/1965 hasta 12/1968
Tambien lei q no es necesario pagar los intereses, es asi
Pago servicio domestico y despues hago el SICAM??? o al reves
BUENO MILES DE PREGUNTAS.....SI ALGUIEN PUEDE ORIENTARME
DESDE YA MIL GRACIAS
 #53182  por Ricardo
 
Hola!!!
En la situación de revista te faltó incluir períodos desde 01/81´ a 03/81´.
Si no calculé mal, me da algo así como 28 años y 2 meses de aportes. Es decir que te faltarían 1 año y 10 meses para llegar a los 30 años; que lo harías a través de SDM.
El trámite es sencillo: Te bajas el F. 102 de la página de AFIP; lo rellenas con todos los datos personales de la persona a jubilar (Nombre y Apellido, CUIT, etc), marcas 16 horas ó mas, en empleador ponés Razón Social No Registrada y hacés un formulario por cada uno de los períodos que pagas (55,00 cada mes). Recomiendo pagar desde 04/00` a 12/01´ (1 año, 9 meses), el mes faltante abonalo de contado (03/00´) ó esperá que transcurran 2 meses, asi tomas el beneficio del 2 x 1. Con esto podés tomarte 4 años de DDJJ.
De lo contrario, compras desde 03/02´ a 12/03´(1 año; 10 meses). Aquí te podes tomar sólo 3 años de DDJJ.

Tené en cuenta al pagar, que te carguen bien el período que solicitas. El tema de los intereses va a depender de la UDAI en la cual vas a presentar el trámite, pero por lo general no lo solicitan, pero se están poniendo cada vez mas pretensiosos.

El tema de los beneficios, recomiendo tomarlos desde el 04/84´ en adelante, eso queda en vos.

El tema del SICAM, podés hacerlo antes o luego de pagar lo de SDM. Queda a consideración de tu persona.

Espero te sirva...
Saludos!!!