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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #627775  por 2legal2
 
Se trata de un cliente que esta por firmar un convenio de honorarios donde le cobran xx más gastos y aportes.
Como calculo los honorarios? son 2 propiedades en la pcia de mendoza, se toma la valuacion fiscal? y que porcentaje? de aportes cuanto?
muchas gracias
 #628362  por gabig
 
En mendoza tenemos ley de arancelamiento y el juez nos fija el honorario con un pocentaje del valor de los bienes que declaraste en el expediente, pero como siempre el valor que se declara es inferior al real y es por lo menos cuatro veces el valor fiscal, te conviene pactar los honorarios con tu cliente y no que te los regule el juez. Espero te sirva. Gabi.-
 #628363  por gabig
 
Ahhh.........los aportes pagas el minimo, si no me euivoco es de $80 y al finalizar la sucesion pagas entre rentas y caja un 6% del valor declarado. Gabi.-