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 #630199  por lilianasarda
 
Me comi que el imputado era extranjero y que por la resolucion 36.1 dela convencion de viena, al leerle el art. 60 tienen que informarle que si quiere puede hacerse representar por un letrado de su pais de origen y notificar al consul. Siempre crei que era el juzgado el encargado de notificar al consul no una potestad del imputado. Ahora trato de anular el fallo pero no se si voy a tener suerte. Que p......liliana.-
 #630309  por poorlaw
 
Hola,

Googleando por ahí, encontré esto:
TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL
Resolución N° 12/03

Art. 1° - Hacer saber a los Órganos Jurisdiccionales, respecto de los cuales este Tribunal de
Casación Penal constituye alzada; Policía y Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires,
como instituciones auxiliares de la Justicia; que en caso de ordenarse la detención o el procesamiento
de ciudadanos extranjeros, deberá darse intervención inmediata al Cónsul del país del que procede el
imputado, a través de la metodología prevista al efecto por las normas de rigor.
Art. 2° - Los mismos órganos referidos en el artículo precedente, deberán poner en
conocimiento de los detenidos y procesados extranjeros, los derechos que le acuerda el Art. 36 de la
Convención de Viena de 1963, de lo que se labrará acta, velando por el fiel cumplimiento de las
atribuciones que dicha norma establece a favor de los Cónsules y transmitirán en forma urgente las
comunicaciones que los detenidos deseen hacer saber a los representantes consulares.
Art. 3° - Regístrese. Notifíquese a todos los Órganos Jurisdiccionales respecto de los cuales el
Tribunal de Casación constituye alzada, Juzgado de Paz, Policía y Servicio Penitenciario de la Provincia
de Buenos Aires, publíquese en el “Boletín Oficial” Provincial y dese amplia difusión.
Fuente: http://www.mseg.gba.gov.ar/Boletin%20In ... 055-03.PDF
 #630453  por PenalistaCBA
 
lilianasarda escribió:Me comi que el imputado era extranjero y que por la resolucion 36.1 dela convencion de viena, al leerle el art. 60 tienen que informarle que si quiere puede hacerse representar por un letrado de su pais de origen y notificar al consul. Siempre crei que era el juzgado el encargado de notificar al consul no una potestad del imputado. Ahora trato de anular el fallo pero no se si voy a tener suerte. Que p......liliana.-

Hola Doc!!!... Dos cuestiones fundamentales para que tengas en cuenta...

A)- La obligación de poner en conocimiento del imputado cuales son sus s derechos y las garantías fundamentales es del ÓRGANO JUDICIAL y no de la defensaaa!!!!... Por lo que en realidad quien se comió el procedimiento fue la instrucción y el juez de garantías en su caso...

B)- Tené en cuenta que para que prospere el pedido de nulidad, deberás demostrar cual es el perjuicio específico que te causó la omisión de tal notificación, pues no olvides que los actos procesales IRREGULARES no necesariamente acarrea la NULIDAD del mismo...

Cualquier cosa que necesites me chiflás... 8)
 #634272  por lilianasarda
 
Se presento la queja ante la Consul, quien respondio.....y para que? para que nos notifican? nosotrostenemos como 3000 uruguayos detenidos en argentina....Ahi empece a sospechar que la consul no se sabia las leyes, pero tampoco los tratados....vino en ayuda una abogada del consulado, y se quedaron con el escrito las copias y todo lo que lleve, pero dijeron que " ellosno podian intevenir en asunto que resolvieran los jueces argentinos" Ah! de ultima me dijeron cuando cumpla la mitad de la pena que se haga expulsar del pais y al uruguay entra libre. Una especie de permuta te cambio lo que te queda pero no venis mas....Asi las cosas...liliana
 #635736  por TORRENTE
 
Si te lo comiste y no te diste cuenta ES GRAVE. Bajate el tema "quien me la puso" de Natalia De Negri (la mina del caso Copola, en Mauro Viale) quizás te ayude.....
*cafe*
 #640838  por TORRENTE
 
lilianasarda escribió:Te lo agradezco, en cuanto tenga un momentito de tiempo lo hare. Liliana.-
Si si bajalo y que no te pase otra vez, espero que tu nombre sea de fantasia porque la que yo conozco jamas haria estas preguntas y es EXCELENTE...obviamente si SE LA COME SE DA CUENTA ..... :lol:
*cafe* TORRENTE