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 #631661  por sog
 
Tengo que iniciar una mediación oficial y encontre un formulario que dice la letra M y otro que dice letra M1 Cual es el vigente? donde lo localizo?
 #631714  por emn
 
Hola

Soy Norma
Mediadora Judicial (Inscripta en el Ministerio de Justicia de la Nación desde el año 1997).-

Los Formularios de Inicio de Mediación los podés encontrar en las siguientes páginas Webs:

1.- www.cpacf.org.ar
Sección Formularios.-
Ahí tenés el Formularios de Inicio con sus Anexos.-

2.- www.legalmania.com.ar
Ir a Modelos de Formularios.-
Formularios de Inicio de Expedientes.-
Sorteo de Mediación (Capital Federal).-

Espero haberte sido útil.-
Cualquier duda, quedo a tu disposición.-

Saludos
Norma.-
 #631728  por emn
 
SOG:

Hago un breve resúmen detallado de los pasos a seguir para el Trámite Mediación Pública para que no tengas ningún inconveniente en el sorteo de tu Mediación.

Se debe abonar un arancel de $ 25 en el Banco de la Nación Argentina, sucursal Tribunales, mediante una boleta de depósito que se retira en la mesa de sorteos de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Se debe concurrir a la Mesa General de Entradas del fuero que corresponda con el formulario de inicio de mediaciòn, por cuadruplicado, conjuntamente con el talón de pago del Banco Nación.

El Formulario de Iniciación, lleva en su costado izquierdo la letra "M" en color rojo, la que se ubica arriba de la inscripción "Mediación Previa - Ley Nº 24.573". Se presenta por cuadruplicado, con los datos del requirente, del requerido y el objeto.

Si el requirente y/o el requerido es más de uno, los datos pertinentes se consignan en el formulario anexo que también se retira de la misma mesa de entradas titulado: Anexo Formulario de Iniciación y que se debe llenar por cuadruplicado.

Tanto el original como cada una de las copias deben ser firmados y sellados por el abogado del requirente.

En dicho acto, se asigna un Mediador Judicial y, además se sorteará el Juez que va a entender para el caso de que fracase la instancia conciliatoria.

En la mesa General de Entradas, donde se realizará el sorteo, le devolverán dos de los cuatro formularios presentados al letrado interviniente.

El formulario de inicio y sus anexos si los hubiere, sòlo contrandràn los datos de las partes, (requirente y requeridos) datos del letrado, firma del profesional y objeto.

No se acompaña demanda, ni es necesario acompañar ningún escrito que explique el motivo del pedido de mediación.

El letrado debe llevar esos dos formularios al mediador designado, dentro de los tres (3) días de sorteado. Si se vence, debe concurrir nuevamente para su asignación.

Esto es similar al sorteo que se realiza en Cámara al iniciar un juicio, a diferencia, de que el plazo son cinco días hábiles y se debe acompañar la demanda.

El mediador cuando recibe los dos formularios, debe devolver uno de esos formularios intervenidos. (Firmado y sellado, con indicación de día de presentación).

El mediador luego de recibir la petición, en el plazo de 10 días debe fijar una audiencia.

Esa audiencia se notifica mediante Cèdula o por Carta Documento.

En el caso de optar por la primera opción, si el domicilio es en Capital Federal, la diligencia el propio mediador, si es en Provincia, se necesita la intervención del Juez (que ha sido asignado al ser sorteado la mediación) y la diligencia el letrado.

El Mediador en un plazo de 60 días debe terminar con la mediación, en el caso de ser optativos (ejecutivo, desalojo) el plazo se reduce a 30 días. Dicho plazo puede prorrogarse en caso de común acuerdo de las partes.

A la audiencia fijada por el Mediador, deben las partes concurrir personalmente, con asistencia letrada obligatoria.

Espero haberte aclarado un poco más el tema.-

Saludos
Norma.-
 #631753  por sog
 
El código de objeto es el mismo que para las materias civiles?
Voy a llamar a audiencia por alimentos, tenencia y regimen de visitas, pero en realidad me interesaria lograr un divorcio por mutuo acuerdo en el cual introducir esos acuerdos. Se pued hacer el acuerdo y luego al iniciar el divorcio agregar esos acuerdos?
 #631784  por emn
 
SOG:

Códigos de Objetos de Juicios:

Todos los Códigos de Objetos de Juicio los podés obtener de la pagina Web: www.cpacf.org.ar

Si finaliza la Audiencia de Mediación con Acuerdo, el mismo debe ser homologado.

Espero haberte sido nuevamente útil.-
Quedo a tu disposición por cualquier duda.-

Saludos
Norma.-
 #634055  por sole_v
 
Norma: muchas gracias por tu aporte, realmente clarísimo!!!
 #649025  por piponius
 
La nueva ley de mediación cambió algunos plazos. Por ejemplo, en lugar de 3 hay 5 días para presentarse al mediador.
Éste último va a designar audiencia dentro de los 15 días en lugar de 10.
Saludos.
 #649071  por emn
 
Hola

Soy Norma
Abogada-Mediadora Judicial Inscripta en el Ministerio de Justicia de la Nación desde el año 1997.-

Gracias Piponius por tu observación.-


Breve resúmen detallado de los pasos a seguir para el Trámite Mediación Pública.-

Se debe abonar un arancel de $ 25 en el Banco de la Nación Argentina, sucursal Tribunales, mediante una boleta de depósito que se retira en la mesa de sorteos de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Se debe concurrir a la Mesa General de Entradas del fuero que corresponda con el formulario de inicio de mediaciòn, por cuadruplicado, conjuntamente con el talón de pago del Banco Nación.

El Formulario de Iniciación, lleva en su costado izquierdo la letra "M" en color rojo, la que se ubica arriba de la inscripción "Mediación Previa - Ley Nº 24.573". Se presenta por cuadruplicado, con los datos del Requirente, del Requerido y el objeto.

Si el Requirente y/o el Requerido es más de uno, los datos pertinentes se consignan en el formulario anexo que también se retira de la misma mesa de entradas titulado: Anexo Formulario de Iniciación y que se debe llenar por cuadruplicado.

Tanto el original como cada una de las copias deben ser firmados y sellados por el abogado del Requirente.

En dicho acto, se asigna un Mediador Judicial y, además se sorteará el Juez que va a entender para el caso de que fracase la instancia conciliatoria.

En la mesa General de Entradas, donde se realizará el sorteo, le devolverán dos de los cuatro formularios presentados al letrado interviniente.

El formulario de inicio y sus anexos si los hubiere, sòlo contrandràn los datos de las partes, (Requirente y Requeridos) datos del Letrado, firma del Profesional y objeto.

No se acompaña demanda, ni es necesario acompañar ningún escrito que explique el motivo del pedido de mediación.

El letrado debe llevar esos dos formularios al mediador designado, dentro de los cinco (5) días de sorteado. Si se vence, debe concurrir nuevamente para su asignación.

Esto es similar al sorteo que se realiza en Cámara al iniciar un Juicio, a diferencia, de que el plazo son cinco días hábiles y se debe acompañar la demanda.

El Mediador cuando recibe los dos formularios, debe devolver uno de esos formularios intervenidos. (Firmado y sellado, con indicación de día de presentación).

El Mediador luego de recibir la petición, en el plazo de 15 días debe fijar una audiencia.

Esa audiencia se notifica mediante Cèdula o por Carta Documento.

En el caso de optar por la primera opción, si el domicilio es en Capital Federal, la diligencia el propio Mediador, si es en Provincia, se necesita la intervención del Juez (que ha sido asignado al ser sorteado la Mediación) y la diligencia el Letrado.

El Mediador en un plazo de 60 días debe terminar con la Mediación, en el caso de ser optativos (ejecutivo, desalojo) el plazo se reduce a 30 días. Dicho plazo puede prorrogarse en caso de común acuerdo de las partes.

A la audiencia fijada por el Mediador, deben las partes concurrir personalmente, con asistencia letrada obligatoria.

Saludos
Norma.-