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  • es aplicable la ley 25561

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 #53555  por paolaovi
 
Ya estoy enterada que la indemnizacíon doble se derogo,.... pero mi pregunta es si el despido fue anterior a la deregación igualmente es aplicable no? :shock:

 #53600  por DAL
 
Yo estoy en la misma duda!!!
En los despidos hasta 2006 dicimebre, no tengo duda que va.
En los despidos que tuve hasta el 20 de marzo más o menos, la reclamé porque en esa fecha aproximadamente se publicó el primer indice que dio un digito.
A partir de esa fecha, para mi, no se aplica. En mi opinión quedo derogada de pleno derecho como decía la ley, sin necesidad del decreto. Y encima el decreto me dejó con la misma duda "declarase cumplida la condicion a la que estaba sometido el art. 16 ley 25561" CUANDO????????
No me parece casual que hayan usado esta redacción en vez de poner " a partir de la fecha declarase inaplicable el art. 16 .... por estar el indice de desocupac...."
Creo que la redaccion responde a la necesidad de callar a los sindicatos, pero que implica que no corrio más desde que la condición se cumplio, o sea diciembre (el indice de marzo corresponde a diciembre). Sigo en duda respecto a enero-marzo y el unico que tuve puse esto al reclamarlo, para intentar no perder costas en caso de rechazo del rubro:

IV.d.- LEY 25561 ART. 16: El Indec publicó los indices de desocupación en marzo de 2007. Estimamos que hasta esa fecha la prohibición de producir despidos establecidos por el art. 26 ley 25561 se encontraba aún vigente. En este sentido el despido dispuesto por el demandado se hizo en contravención de dicha norma, por lo tanto corresponde abonarse el incremento del 50% de las indemnizaciones debidas por el despido. Como consecuencia directa del despido se adeudan la indemnización por antigüedad, por preaviso e integración del mes de despido, las cuales ascienden en su conjunto a $23277.41. En consecuencia el 50% de esto, asciende a la suma de $11638.70. En cuanto a la procedencia o no de esta indemnización, no existiendo norma posterior que declare el fin de la vigencia de la misma o jurisprudencia al respecto, nos sometemos a la opinión de VS y a las constancias del proceso.
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Saludos!!!

 #53672  por fer78
 
Considero que hasta los despidos que se hayan producido hasta el 19 de septiembre de 2007, deberán aplicarseles la doble indemnización, atento el fundamento del art. 2 del C.C. ( vigencia despúes de los ocho días despues de la publicación). Es mi opinión, atento que el decreto nada dice.

 #53704  por jimena
 
fer78 escribió:Considero que hasta los despidos que se hayan producido hasta el 19 de septiembre de 2007, deberán aplicarseles la doble indemnización, atento el fundamento del art. 2 del C.C. ( vigencia despúes de los ocho días despues de la publicación). Es mi opinión, atento que el decreto nada dice.
Coincido con Fer78. Ademas no es retroactiva.
obviamente siempre que la fecha de ingreso sea anterior al 2003.

 #54205  por josevizzi
 
la semana pasada cerre un acuerdo ante la Secretaria de Trabajo de la Prov de SAnta Fe por un empleado q fue despedido a fines de julio y me reconocieron el 50% más sobre la antigüedad.
es hasta el 19 de septiembre, y si no peleenla en un expte con fundamento en los arts 2y 3 del codigo civil, una solucion contraria no se ajusta a derecho y vulnera derechos adquiridos