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  • REAJUSTE ANTE EL IPS

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #634704  por rominasrodriguez
 
Buen día a todos!!!! necesito hacer un reajuste jubilatorio ante el IPS, mi cliente era director de un hospital, no se como se iniciar el trámite ni a donde tengo que dirijirme, no hago derecho previsional y les agradecería que me puedan orientar.
Muchas Gracias!!!!
 #634785  por periquita
 
Hola
¿Por qué querés hacer el reajuste? ¿Vas a agregar nuevos servicios?
Saludos
 #635510  por rominasrodriguez
 
periquita escribió:Hola
¿Por qué querés hacer el reajuste? ¿Vas a agregar nuevos servicios?
Saludos
Hola! gracias por responder!!! no es por eso, es por que el aumento el sueldo actual de un director que ocupa el mismo cargo que ocupaba mi cliente.
 #635531  por andreamar
 
Espera otras opiniones, porque yo soy novata aun Pero creo confundis el sist de reajustes Anses y el de IPS
En IPS los reajustes en relacion al sueldo de los activos, son de oficio !! Tiene movilidad automatica, Cuando aumentan los sueldos de empleados publicos, se ve luego refelejado en las jubilaciones salvo el caso de que en su jubil haya utilizado servicios aportados al Anses, donde en ese caso - como el IPS desconoce los aumentos de empleados aportante al regimen nacional- es el unico caso creo en que la movilidad no es automatica, sino que tenes que comunicar al IPS de ese aumento para que efectue el reajuste correspondiente
 #635628  por periquita
 
romina:
Es exactamente como te ha explicado muy claramente andreamar y por eso hice la pregunta, porque creía que estabas confundiendo las cosas.
Saludos
 #636556  por rominasrodriguez
 
andreamar escribió:Espera otras opiniones, porque yo soy novata aun Pero creo confundis el sist de reajustes Anses y el de IPS
En IPS los reajustes en relacion al sueldo de los activos, son de oficio !! Tiene movilidad automatica, Cuando aumentan los sueldos de empleados publicos, se ve luego refelejado en las jubilaciones salvo el caso de que en su jubil haya utilizado servicios aportados al Anses, donde en ese caso - como el IPS desconoce los aumentos de empleados aportante al regimen nacional- es el unico caso creo en que la movilidad no es automatica, sino que tenes que comunicar al IPS de ese aumento para que efectue el reajuste correspondiente
GRACIASSSSSS!!! CREO QUE LO MEJOR VA A SER QUE ME ACERQUE AL IPS CON LO QUE TENGO PARA QUE ME DIGAN CUALES SON LOS PASOS A SEGUIR!!!
MUY AMABLE, Y GRACIAS NUEVAMENTE POR LA INFO!!
SALUDOS!!!
 #642247  por rominasrodriguez
 
Holaaaaaaaa!!! encontre la solución, me acerque al IPS, lo que hay que hacer es simplemente presentar una nota dirijida al Director del IPS solicitando la actualización del sueldo. Es simple, la firma el requirente y completa una planilla. Luego solo a esperar!!!!!!
igual gracias a todos!!!!!!!!!!!
 #642326  por periquita
 
rominasrodriguez escribió:Holaaaaaaaa!!! encontre la solución, me acerque al IPS, lo que hay que hacer es simplemente presentar una nota dirijida al Director del IPS solicitando la actualización del sueldo. Es simple, la firma el requirente y completa una planilla. Luego solo a esperar!!!!!!
igual gracias a todos!!!!!!!!!!!
Hola romina
Qué suerte que pudiste solucionar el tema!!!
Podrías aclararnos un poquito cómo es, por si tenemos un caso similar.
No entiendo como si se jubiló por el IPS, en un cargo de Director de un Hospital provincial para que le actualicen el haber hay que presentar una nota???

Por favor, nos podrías contar....
 #872668  por vane821227
 
Se presenta la Nota porque las Actualizaciones se suelen aplicar solo a los haberes mínimos o de categorías inferiores. Quedando así sin actualizar las categorías mas altas.
Por lo general, no se actualiza y es muy útil pedir un certificado en el Ministerio de Salud un Certificado en el que conste cuanto cobra un personal de la misma categoría que tenia nuestro cliente al jubilarse, para que ellos puedan hacerlo con mayor rapidez.
Últimamente, deniegan en algunas Provincias el pedido y se presentan pedidos vía amparo al Contencioso Administrativo o bien en el fuero laboral, según el sistema de competencias de su Provincia de Referencia. Siempre es mejor que caiga en el Laboral porque los Poderes son gratis y por lo general es mas expedita la resolución.
Espero les sirva,
 #872873  por periquita
 
vane821227 escribió:Se presenta la Nota porque las Actualizaciones se suelen aplicar solo a los haberes mínimos o de categorías inferiores. Quedando así sin actualizar las categorías mas altas.
No comparto que suceda esto habitualmente en el IPS
Por lo general, no se actualiza y es muy útil pedir un certificado en el Ministerio de Salud un Certificado en el que conste cuanto cobra un personal de la misma categoría que tenia nuestro cliente al jubilarse, para que ellos puedan hacerlo con mayor rapidez.
Últimamente, deniegan en algunas Provincias el pedido y se presentan pedidos vía amparo al Contencioso Administrativo o bien en el fuero laboral, según el sistema de competencias de su Provincia de Referencia. Siempre es mejor que caiga en el Laboral porque los Poderes son gratis y por lo general es mas expedita la resolución.
Espero les sirva,