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  • YA ME EQUIVOQUE CON ESTA PERSONA

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #3329  por amg
 
Ya me equivoque con esta persona y ahora temo volver a equivocarme, por eso agradecería que me confirmaran si estoy acertada.
Ingresó al pais el 06/1949 con 18 años cumplidos pues nacio el 9/11/29.
En situación de revista puse:
01/1950 a 01/1957 art.38
02/1957 a 03/1972

Me dijeron que lo meta por la WEB el exceso de 8 años (tiene 76 no va en ningún lado?
Aguardo sus comentarios para enviarlo. Gracias
 #3335  por francisco
 
Hola, armaria distinto la situacion de revista. Tenes que ponerla desde el 01/50 hasta cuando te den los años y la categoria (ej: 307 costurera si es mujer) y en beneficios el que quieras utilizar y los años que quieras usar. De todos modos para orientarme me mejor porque no me decis si es hombre o mujer y fecha de nacimiento, dia, mes y año para ver tema exceso edad. ????
El exceso de edad no se pone en sicam pero si queres lo controlamos.

 #3338  por martha
 
Amg: la fecha de ingreso le figura en el documento, no? :?:

 #3339  por francisco
 
Yo le hice a una Sra. que no le figuraba en el documento pero tenia un certificado de la Direccion nacional de migraciones donde la figura la entrada al pais, con ese certificado fui a la Udai acreditacion datos personales y se lo cargaron en sus datos.
Despues cuando ingrese el tramite por la web, figuraba cargada la fecha ingreso al pais.

 #3341  por martha
 
Si, Francisco, esa es otra posibilidad.

 #3344  por amg
 
Lles cuento, es una mujer nacida el 9/11/29 y en el documento le figura el ingreso al pais 11/6/49

Gracias a todos por la ayuda y la rapidez en la respuesta.
Aguardo sus comentarios.

 #3345  por martha
 
al usar el art.38 a partir del 1/55 te consumis los años mas baratos. Deberías usar el art.3 en los años mas caros. :idea:

 #3346  por francisco
 
Hola, creo que con el tema del ingreso y siguiendo tus razonamientos me confundi.
El sicam te toma desde el 01/55 no desde antes por lo que la situacion de revista yo la armaria desde esa fecha.
Yo pondria:
Sit.revista
01/55 al 08/76
Beneficios
09/69 al 08/76 art.3 ley 24476

que te parece??
Esperamos otras opiniones.
Lo que si es importante es que este acreditado en el ADP que ingreso al pais en el 49.

 #3347  por francisco
 
Dra. Martha: podes darnos tu opinion? Gracias

 #3351  por amg
 
Francisco: al cargar 1/55 a 8/76 no estoy computando 21 años y siete meses? esta señora tiene 76 años de edad es decir 8 de excedentes. No tendría que computar 22 años? Disculpame que te moleste pero la Sra. ya se enojo cuando le hice rechazar el plan anterior.
Si pongo 1/55 a 02/77
03/70 a 2/77 art.3

 #3355  por martha
 
Amg: mi sugerencia es: considerando que la persona tiene 76 años 11 meses y 15 dias, un exceso de edad de 16 años 11 meses y 15 dias, yo compraria en la moratoria el siguiente periodo:
1/1/55 al 31/7/69 son 14 años y 7 meses
art. 3 24476 del 1/8/69 al 31/7/76 son 7 años
exceso de edad dos por uno son 8 años 5 meses y dias
total: 30 años.
Situacion de revista en Sicam I va 1/55 a 7/76
beneficios art.3 va 8/69 a 7/76

Esto siempre y cuando esta persona no tenga ningun aporte en relacion de dependencia en igual periodo, ni tampoco aportes autonomos en esos periodos. Espero que hayas pedido todas las constancias en Anses.Suerte.- :idea:

 #3356  por francisco
 
martha escribió:Amg: mi sugerencia es: considerando que la persona tiene 76 años 11 meses y 15 dias, un exceso de edad de 16 años 11 meses y 15 dias, yo compraria en la moratoria el siguiente periodo:
1/1/55 al 31/7/69 son 14 años y 7 meses
art. 3 24476 del 1/8/69 al 31/7/76 son 7 años
exceso de edad dos por uno son 8 años 5 meses y dias
total: 30 años.
Situacion de revista en Sicam I va 1/55 a 7/76
beneficios art.3 va 8/69 a 7/76

Esto siempre y cuando esta persona no tenga ningun aporte en relacion de dependencia en igual periodo, ni tampoco aportes autonomos en esos periodos. Espero que hayas pedido todas las constancias en Anses.Suerte.- :idea:
Dra. Martha:
Gracias por darnos su opinion, creo que coincidimos con un mes de diferencia, yo le compute un mes de exceso por las dudas , total la diferencia es ínfima. De todos modos creo que la suya esta correcta.Saludos.

 #3361  por amg
 
muchísimas gracias a ambos, es grato saber que se cuenta con ayuda y más aún cuando ésta llega tan rápido.