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  • ART. 46 ULTIMA PARTE CODIGO CIVIL

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #635651  por abogadacordobesa
 
Colegas, si pudieran ayudarme con algo de jurisprudencia sobre extensión de la responsabilidad y de la condena en juicio laboral a socios de SRL , SA, etc. . Si pudieran tirarme algo de letra para el caso de extension responsabilidad laboral a los integrantes de una asociación cooperadora escolar, en virtud del art. 46 última parte del Código Civil, por considerarse que son simple asociación por no estar debidamente constituida como asociación.
El guardia de vigilancia de una escuela de Córdoba, contratado por la Asociación Cooperadora, es despedido, inicia juicio laboral por 245, 24013, etc y se lo gana, con sentencia super firme, con todas las casaciones posibles hasta llegar al STJ de Córdoba. Ahora bien, fue a querer ejecutar la sentencia y pretendió embargar y secuestrar tornos (es una escuela técnica) y no se pudo. Ahora ha iniciado juicio contra cada una de las personas fisicas que formaron en el lapso de los 15 años de antigüedad del señor, la cooperadora.
El señor fue contratado, con contrato de locación servicios, para limpieza en marzo 1992, luego en mayo 1995 se amplia contratacion a vigilancia.
Lla cooperadora fue intervenida 01/07/2004 por irregularidades detectadas ($ - falta comprobantes - etc), nombrandose un interventor por el ministerio de educación, el 12/11/2004 se elige nueva comisión, estando mi clienta como 4ta. vocal titular (eran 4). Esta nueva comisión toma posesión 10/12/2004.
Con fecha 03/09/2004 por acta 3 del interventor, se resolvió y comunicó al hoy demandante, que a partir del 31/12/2004 se dejaba sin efecto el contrato de locación de servicios, por el cual mensualmente extendía factura de monotributista.
Entonces, recapitulando la decisión la tomó la intervención, pero el cese del contrato de locación de servicios (que después en juicio tachó de fraude laboral para encubrir una relación y lo ganó!!!) operó el 31/12/2004 cuando ya mi clienta había asumido, hacía 20 días, como vocal titular nº 4.-
En febrero 2005 comenzaron las intimaciones x carta documento del sr., el inicio del juicio laboral, etc., sentencia a fines 2006, casación, elevación al STJ que confirmó fallo a comienzos años 2010.
Si pudieras ayudarme te lo agradezco, estoy buscando pero la verdad no encuentro tanta doctrina ni jurisp. El argumento del juicio actual es que como la asociación cooperadora no estaba debidamente constituída, se lo considera simple asociación civil, quedando incurso en la última parte del art. 46 del Código Civil, esto es responsabilidad personal y solidaria de los fundadores y administradores.
gracias desde ya!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #635936  por abogalo
 
huy que complicado viene el tema! En todo el proceso tu cliente participa activamente? es citada como 3ero o como co-demandado o algo? sino se viola el derecho de defensa en juicio si ahora solo la llaman para responder economicamente. Eso como 1er punto. 2do, la defensa debe ser que ella cuando entró como vocal ya estaba todo consumado, ya le habian notificado de la rescision del contrato al actor y ella no estuvo formando parte cuando el era "empleado de la cooperadora". Nose, te tiro ideas para que no te sientas tan sola. Por ahi alguien te puede ayudar mejor. Saludos