Hola, como ya les he dicho soy nueva en la practica del derecho laboral y les qjueria hacer una consulta.
En una juicio por accidente laboral se abrió a prueba, y nos notificaron. como había mucha prueba y el auto fue bastante extenso por las partes y sus ofrecimientos (algunos bastante ambiguos en su interpretación) se nos pasó que no se habia ordenado un oficio ley.
Ese oficio era para la art para que remita docuemntal sobre los lugares de atención del actor entre otras cosas.
Ahora cuando estamos revisando la informativa,( porque nos dieron un plazo de 60 dias para acreditar el diligenciamiento de los oficios notamos la falta de ese oficio en el auto de apertura que se notificó el 16-9. Los 60 días aun no pasaron. de hecho el 16-11 recién tenemos la audiencia del art 80.
Hice un escrito manifestando la momision y solicitando se provea ese oficio y se prorrogue el plazo atento a que se debe diligenciar en Rosario.
Mi pregunta es: tengo algun plazo para manifestar sobre la omision? Me pueden decir que es extemporáneo el pedido?. El expediente se mueve mucho y casi nunca está en letra. de hecho la demandada pidió también por una omision de su prueba y se la concedieron, pero casi un mes después. no he podido ver el expediente. asi que no se porque razón se demoró tanto.
tambien me pasó que la art pidió una prueba pericial tecnica y contable a realizarce en rosario (domicilio de la art) y la concedieron y dice que la actora y la demandada deben acreditarlo.
La pregunta es: yo no pedi esa prueba, porque el juzgado me dice que la tengo que acreditar? debe ser un error. o les parece que es posible.
A mi en otros fueros jamás me pasó esto.
espero sus comentarios.
gracias
En una juicio por accidente laboral se abrió a prueba, y nos notificaron. como había mucha prueba y el auto fue bastante extenso por las partes y sus ofrecimientos (algunos bastante ambiguos en su interpretación) se nos pasó que no se habia ordenado un oficio ley.
Ese oficio era para la art para que remita docuemntal sobre los lugares de atención del actor entre otras cosas.
Ahora cuando estamos revisando la informativa,( porque nos dieron un plazo de 60 dias para acreditar el diligenciamiento de los oficios notamos la falta de ese oficio en el auto de apertura que se notificó el 16-9. Los 60 días aun no pasaron. de hecho el 16-11 recién tenemos la audiencia del art 80.
Hice un escrito manifestando la momision y solicitando se provea ese oficio y se prorrogue el plazo atento a que se debe diligenciar en Rosario.
Mi pregunta es: tengo algun plazo para manifestar sobre la omision? Me pueden decir que es extemporáneo el pedido?. El expediente se mueve mucho y casi nunca está en letra. de hecho la demandada pidió también por una omision de su prueba y se la concedieron, pero casi un mes después. no he podido ver el expediente. asi que no se porque razón se demoró tanto.
tambien me pasó que la art pidió una prueba pericial tecnica y contable a realizarce en rosario (domicilio de la art) y la concedieron y dice que la actora y la demandada deben acreditarlo.
La pregunta es: yo no pedi esa prueba, porque el juzgado me dice que la tengo que acreditar? debe ser un error. o les parece que es posible.
A mi en otros fueros jamás me pasó esto.
espero sus comentarios.
gracias
