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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #637680  por tania220975
 
Hola a todos, les comento un caso al cual la verdad no encuetro CCT aplicar, se trata de una cliente contratada por una lavanderia de ropa, esta la registra dsede la verdadera fecha de ingreso y la deriva a prestar servicios un hospital publico. Presta servicios en ese hospital durate tres años. Prestando servicios se accidenta, se resbala al empujar un canasto con ropa, ya sra carga y descarga ropa del sector de cirujia en el 6º piso del hospital y los debe bajar hasta la PB.. reclamamos via adm a la ART, le dan el alta, firmo en discorformidad y ahora estamos con esta revision medica por SRT.
El tema es que no desea prestar mas servicios para su empleadora, y estoy buscando el despido indirecto, hay cosas que debo reclamar ..hs extras..horas nocturnas etc, pero me queda la duda con relacion a la posibilidad de reclamar diferencias salariales, aquí es donde estoy trabada....que convenio aplico?!!! el recibo no dice nada....encima los aportes a la obra social se hacen a la obra social de pasteleros.!!! ( justamente es esta obra social quien recomienda hacer una cirujia por la lesion sufrida , mas obviamente informes de nuestro medico legista que dicen lo mismo)...podrian guiarme please. Convenio 276/96 de lavanderias y tintorerias ( ya que es la actividad que realiza la empleadora) Sanidad.....??? si es que too en cuenta el servicio que prestó en el hospital o CCT 130/75 empleados de comercio. Necesito empezar el intercambio y pedir seclo urgente...MIL GRACIAS POR SUS OPINIONES.
 #637685  por doctordoctor
 
mmmm hospital publico, al ser publico no habria problemas con el derecho laboral??

Yo creo que en este caso se aplicaría el convenio para la "empresa" a la cual le presta efectivamente tareas osea un hospital.. pero es un publico... así que no se.. me parece que reclamaría a la empresa por el convenio de limpieza... esta bueno el tema...

seguramente te aporten buenas opiniones.
 #637713  por Anibalinlaw
 
Si vas a aplicar un convenio, fijáte si te sirve el 526/08 de empleados de tintorerías y lavaderos. Saludos.
 #637802  por tania220975
 
Si..efectivamente la trabajadora presta servicios en el hospital, sufre el accidente allí, pero la contrata una empresa...mi idea es ir contra los tres - empresa-hosptital-ART, citarlos a un seclo y ver que funciona...obviamente el convenio lo necesito para aplicar contra la empresa- a mí humilde entender el hospital es responsable solidario ( art 29 -30 LCT)..pero bueno..si a alguien se le ocurre otra cosa, AGRADEZCO ENORMEMENTE SU ATENCIÓN!!
Gracias anibalinlaw por la data..ahora lo leo. Saludos.
 #637808  por doctordoctor
 
tania220975 escribió:Si..efectivamente la trabajadora presta servicios en el hospital, sufre el accidente allí, pero la contrata una empresa...mi idea es ir contra los tres - empresa-hosptital-ART, citarlos a un seclo y ver que funciona...obviamente el convenio lo necesito para aplicar contra la empresa- a mí humilde entender el hospital es responsable solidario ( art 29 -30 LCT)..pero bueno..si a alguien se le ocurre otra cosa, AGRADEZCO ENORMEMENTE SU ATENCIÓN!!
Gracias anibalinlaw por la data..ahora lo leo. Saludos.
BUeno despues contanos que paso.. me interesa sobre todo si prospero la solidaridad del hospital bajo el regimen del derecho laboral..

Yo lo que rompo con el tema de si es publico el hospital es que en realidad se aplica el convenio en donde efectivamente presta tareas, osea en el hospital... pero no se como se maneja el tema de hospitales publicos y CCT y LCT...