Hola
Soy Norma
Mediadora Judicial Inscripta en el Ministerio de Justicia de la Nación desde el año 1997.-
La nueva ley de Mediación (26.589) no se aplica para el Derecho del Trabajo (laboral).-
La ley 24.635 establece que los reclamos individuales y pluri-individuales que versen sobre conflictos de derecho de la competencia de la justicia nacional del trabajo, serán dirimidos con carácter obligatorio y previo a la demanda judicial, ante el organismo administrativo creado por el art. 4º de esta ley, el que dependerá del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.-
Se creó el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el que tendrá a su cargo la sustanciación del procedimiento instaurado por esta ley.
Se creó el Registro Nacional de Conciliadores Laborales dependiente del Ministerio de Justicia, el que será responsable de su constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización y gobierno.
Es el Conciliador con título de abogado y antecedentes en materia del derecho del trabajo quien llevará adelante la respectiva Conciliación.-
Ley de Mediación 26.589 se aplica a temas del Derecho Civil, Familiar, Comercial...
Ley de Conciliación 24.635 se aplica al Derecho del Trabajo.-
IMPORTANTE: No hay que confundir Mediación con Conciliación.-
Espero haberte aclarado el tema.-
Saludos
Norma.-
Abogada
Mediadora Judicial Inscripta en el Ministerio de Justicia de la Nación (1997)
Especialización en Mediación Familiar. Especialización Accidentes de Tránsito.
Corredor Inmobiliario Matriculada en C.U.C.I.C.B.A