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 #640905  por pcar2911
 
Hola foristas les consulto, me llego una clienta que tiene a sus dos hijos mayores (de 16 y 13 años de edad) sin documentos (dado que tampoco obtuvo jamás la partida de nacimiento) al momento del nacimiento vivían en Buenos Aires (provincia) y desde varios años viven en Entre Ríos. Realizó con otro abogado la suplencia de partida donde el juez mando a inscribir el nacimiento al registro nacional de las personas seccion La Plata, todo esto en el año 2008. Al día de la fecha no tienen documentos y quisiera saber como puedo continuar. Si alguien me puede dar una mano se los agradecere.
 #646797  por florcitat
 
Mayores de 12 años
Se debe iniciar un juicio de inscripción fuera de termino, en el Juzgado de Paz de la jurisdicción de la persona, en la justicia civil que consta de tres etapas:
-la que determina que alguien nació y no fue inscripto al nacer,
-la que determina que no esta inscripta con otro nombre
-la que determina que hay una relación entre la edad presunta y la masa corporal.
Una vez recabada toda esta información el Juez dicta un fallo donde intima al Registro Civil correspondiente a la Provincia donde se produjo el parto a que inscriba al indocumentado y le otorgue un número de Documento.
1º ir a La Plata al Registro de las Personas en 1 y 60 y pedir un certificado negativo (es muy importante saber la fecha de nacimiento para pedir este certificado).
2º Presentar en la Defensoría de Pobres y Ausentes, un escrito que contenga:
a. Nombre y apellido del requirente
b. Fecha de nacimiento
c. Lugar de nacimiento (ciudad y establecimiento)
d. Nombre de los padres.
3° Presentar el certificado negativo en la Defensoría y pedir un oficio con un juez para que este le pida al Registro de las Personas que se haga el documento Desde la Defensoría se remitirá un oficio a dicho establecimiento, para que se busque en los registros correspondientes la inscripción del nacimiento.-
4°Los resultados vuelven a la Defensoría, y el Juez remitirá esa certificación al Registro Civil.
-si la persona es del interior del país debe ir a la Casa de la Provincia correspondiente a pedir que giren el tramite para aca.
IMPORTANTE: es posible que los 4 pasos anteriores lo haga el Juzgado. Preguntar por las dudas. El trámite es totalmente gratuito.
Mayores de 18 (ademas de lo anterior)
Se tramita en el Juzgado de Familia o de Paz y se debe solicitar una junta médica para que certifique la edad.