Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • HAY JURISPRUDENICA SOBRE LA NUEVA MAYORÍA DE EDAD?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #640979  por Claudialo
 
Colegas, con la nueva mayóría de edad a los 18 y resguardo de alimentos hasta los 21 años, "salvo" que tanto el alimentado como alimentante "acrediten", que puede sustentars epor sus propis medios, Hay alguna Jurisprudenica la respecto:-


Tengo un incidente de aumento de cuota. Alimentante se le retiene cuota. la Actora es progenitora del alimentado. y la cuenta judicial está abierta a nombre de esta.El alimentado cumplió días atrás 18 años, vive con unos tiós, trabaja con ellos, percibe haberes, tiene auto propio y excelente relación con el alimentante.-

No quiere más la cuota de alimentos, la que es percibida por la madre. El alimentado se presentó en el incidente con mi patrocinio, hizo saber a S.S. que no ´necesitaba más alimentos, vive con uss tíos, y pidió el levantamiento de la retención de los habees de su padre. A todo evento que S.S. fijara audiencia.-

El juez rechazó porque dijo que no solo debe decirlo sinó acreditarlo. Y además guardó silencio en cuanto al levantamiento de la retención. Cuota que se deposita en la cuenta que administra la madre y no le dá al alimentado.-
 #641034  por Tiburcio
 
De lo que no hay dudas es que a los 18 años cesa la representación de los padres respecto de sus hijos.
Por tanto, el único que puede desde esa edad reclamar cuota alimentaria, ejecutarla, pedir aumento o cesación es el propio hijo. La madre no tiene nada que ver.
Por tanto el hijo debe presentarse en el juicio por su propio derecho, declararse cesada la intervención de su madre y del defensor de incapaces y actuar por su cuenta.
 #641078  por Claudialo
 
Así lo hizo tiburcio. El juez, No le dió lugar ni al pedido de levantamiento de retención de cuota en primer término y en segundo, respecto al cese le dijo que tramite por las vías que corresponda, haciendo saber que no basta mencionar que tiene ingresos propios sinó que debe acreditarlos.-

Por eso preguntaba lo de la jurisprudencia.-
 #641107  por adry41
 
Y si probas manifestar primero la mayoría de edad y el cese de la representación de la madre? Con eso harías caer la cuota alimentaria de un modo indirecto. Es una idea, jurisprudencia no conozco. Espero te sirva, y no te olvides de compartir el resultado!!!!
 #641533  por claudiarf
 
Iniciaría un cese de cuota alimentaria. lo inicia el "alimentado declarando que ha cumplido los 18 años( adjunta partida de nacimiento9 yque de conformidad a la ley nº--- ha adquirido la mayoría . por lo cual cesa la representación de su madre y defensor. En cuento a los ingresos propios, presentaría recibo de sueldo, tarjetas y resúmenes bancarios a su nombre, etc, etc demostrando que tiene los medios necesarios para sostenerse.
 #641833  por Claudialo
 
En este sentido, pasaría a ser un cese de cuota alimentario voluntario.-
Porque si lo inicia el alimentado, sustuyendose en el lugar que anteriormente ocupaba su progenitora y el es actor, acá no hay demandado?


Otra, como puede ser que el propio alimentado está pidiendo levantamiento de embargo y el juez no lo concede?