En una causa que tengo en Pcia. de Bs. As. y que actuo por la demandada, despues de acordar en la audiencia de conciliación cambiar la caratula a "divorcio 214 inc 2°" y de notificarnos de la declaración de puro derecho, llegamos al llamamamiento de autos para dictar sentencia, el proveido de JUNIO/2010 dice: "····Legalicese el acta de matrimonio de fs. 5 y acompañese la respectiva copia para certificar y entregar el original al interesado.- Asimismo, adunese en autos acta de nacimiento original legalizada con la respectiva copia para su desglose". La actora desde esa fecha no ha hecho nada de esto que y es quien aporto la documental y de esta forma no avanza el juicio. ¿QUE PUEDO HACER? ¿tengo que intimar por la caducidad de instancia?
Desde ya gracias.
Desde ya gracias.