lablunda escribió:Tengo una duda que es la siguiente: En la adopción simple el adoptado puede ser heredero de su abuelo de sangre en representación de su padre sanguineo pre fallecido?Estimo que sí puede serlo, ya que en la adopción simple no se cortan los vínculos jurídicos del adoptado con su familia biológica (C.C. art. 331- con las limitaciones impuestas, en cuanto a d. sucesorio, por los arts. 333 y 334 ) y se crea sólo un vínculo jurídico (adoptivo) entre el adoptado y el adoptante.