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  • AUTONONO SIN DEUDA, ENVIAR SICAM?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #643913  por nestor123
 
Hola a todos, tengo que iniciar una jubilacion de autonomo, y luego de leer mucho aun me quedan dudas por eso les consulto: el hombre llega a 30 años con aportes relacion de dependencia y autonomos. EN SICAM FIGURABAN PERIODOS PAGOS PERO CON DEUDA DE INTERESES: LOS PRESCRIBI (ART. 1 LEY 25321). Y ME QUEDO TODO EN CERO! PERO LA DUDA ES SI TENGO QUE ENVIAR la liquidacion del SICAM ya que NO NECESITO COMPRAR AÑOS POR MORATORIA LEY 24476. EL TEMA ES QUE CUANDO ESTOY POR PEDIR TURNO EN PAG. ANSES ME PREGUNTA: 1)SERV. RECONOCIDOS EN EXPTE. PREVISIONAL 2) NO POSEO DOCUMENTAL, O 3) POSEO LIQUIDACION POR AUTONOMO SICAM.-
LO QUE ME PARECE ES QUE DEBERIA PONER QUE POSEO LIQDUIDACION SICAM, PERO ENTONCES EL SISTEMA EN LA PANTALLA POSTERIOR ME PIDE NUMERO DE LIQUIDACION...ESTO SIGNIFICA QUE DEBO ENVIAR LA LIQUIDACION AUNQUE NO COMPRE AÑOS DE MORATORIA...?
 #643937  por arielruiz86
 
NO significa que debes enviar el plan a la afip de ninguna manera, significa que solo debes poner el numero de liquidacion del Sicam 1 (osea la opcion 3 tuya que nombraste). Hay que distinguir bien lo que es liquidar la deuda (que se lo hace con el sicam 1) con el envio del plan de regularizacion (que se lo hace con el sicam 2). En tu caso si saldas o le aplicas beneficios a esos periodos y te queda la deuda en cero no tenes porq enviar ningun plan porq no necesitas regularizar nada, osea que nisiquiera entras al sicam 2.
 #643944  por varelamariac
 
hace el sicam como siempre, cuando te da 0 , no envias nada, imprimi el form a, b, c , los pagos, situación de revista y detalle de deuda.
Eso es lo que te van a pedir en anses que lleves.
 #643949  por nestor123
 
Gracias chicos! ya entendi! una cosita mas, en formulario 558c me aperecen algunos PAGOS A VERIFICAR (estaban pagos pero fuera de termino asi que le hice pagar a mi cliente los interes, y tengo entonces los ticket de pago de los interes pero no los del capital por que son del año 2003 y ya no los tiene): POR LO QUE AVERIGUE LA VERIFICACION YA NO LA HACE MAS AFIP NO? ME VOY AL TURNO CON LOS TICKETS DE PAGO DE LOS INTERESES Y ELLOS REALIZAN LA VERIFICACION EN FORMA INTERNA (VA, QUIERO DECIR ENVIAN EL EXPTE A LA AFIP) ES ASI??
MUCHAS GRACIAS!!
 #643970  por varelamariac
 
ni se te ocurra hacer eso, si estan a verificar, te va a tardar 1000000 y te puede venir denegado, muchas veces pasa!!!!!!!!!, de que banco son?, porque estan a verificar, quien los cargó??, además no tenes lo más importante que son los pagos, pensá que si te dicen que no estan tenés que hacer todo nuevamente.
A mí me pasó y eso que tenia los pagos, ANSES se lo mandó a AIP, Y DESPUÉS DE 1 AÑÓ TUVE QUE HACER TODO YO.
ANDÁ A AFIP Y QUE ELLOS TE DIGAN QUE PASA CON ESOS PAGOS, SINO SACALOS.
 #643976  por arielruiz86
 
Cargaste pagos a verificar? arranquemos de ahi. Eso se usa cuando tenes pagos que no le constan a la afip (no figuran en el sicam) pero bien como dice la forista te va llevar bastante tiempo solo para que te computen uno o dos pagos mas. La verdad no se usa eso de cargar pagos manualmente para que te lo verifiquen el anses o la afip, salvo que sean muchisimos pagos que por alguna razon no aparecen en la afip pero no es muy comun que eso suceda. Y en tu caso me parece que no era necesario hacer eso porq el pago lo tenes registrado en el sicam o no? solo te falta pagar el interes o le aplicas algun beneficio. Fijate que me parece que estas mesclando los conceptos.
 #644066  por nestor123
 
Primero nuevamente gracias por responder, por lo que veo estab por meter la pata! Te comento: El Sr. fue autonomo y monotributista. Cuando entre por primera vez al sicam me di cuenta que no todo aparecia en el detalle de deuda: entonces cargue en SICAM los peridos que faltaban (periodos que si aparecian en la CUENTA CORRIENTE). Cuando cargo los peridos en Sicam y liquido me surge que el hombre tiene deuda de intereses por pagar fuera de termino seguramente. Son peridos del año 1998 al 2003 alternados. Entonces hice formularios con ayuda de una contadora, para pagar los intereses. pague los intereses y al liquidar nuevamente el sicam me dio CERO. pero al mirar los formularios 558C ME APARECE LO SIGUIENTE:
PERIODOS HASTA FECHA DE DEPOSITO TOTAL DEPOSITADO TIPO DE PAGO ESTADO
08/2002 08/2002: 19/10/2010 $ 9.72 A VERIFICAR

Y EN OTROS ME APARECE LO MISMO PERO EN EL SECTOR "ESTADO" DICE:
TOTAL DEPOSITADO TIPO DE PAGO ESTADO
$ 5.28 EFECTIVO A VERIFICAR
Saludos, gracias por su colaboracion!!
 #644219  por arielruiz86
 
Cuando decis "cargue los periodos que faltaban en el sicam", donde los cargaste? en la pestaña situacion de revista o en la pestaña ingreso pagos faltantes? o en el peor de los casos, cargaste los intereses que mandaste a pagar en la pestaña ingreso pagos faltantes? Solo si uno carga algo ahi te van aparecer pagos a verificar en el form 558/C. O la contadora amiga hizo algo que vos no captas?
 #644713  por nestor123
 
arielruiz86 escribió:Cuando decis "cargue los periodos que faltaban en el sicam", donde los cargaste? en la pestaña situacion de revista o en la pestaña ingreso pagos faltantes? o en el peor de los casos, cargaste los intereses que mandaste a pagar en la pestaña ingreso pagos faltantes? Solo si uno carga algo ahi te van aparecer pagos a verificar en el form 558/C. O la contadora amiga hizo algo que vos no captas?
Eso mismo! cargue los periodos que faltaban en la situacion de revista, la pestaña "ingreso pagos faltantes" NI LA TOQUE. Luego de cargar en situacion de revista me aparecieron en detalle de deuda LOS INTERESES. La cantadora que se encargo de armar los formularios para el pago de los intereses, y los pago y despues me paso los tickets, entonces al practicar liquidacion en Sicam me encontre con los pagos a verificar que surgian del formulario 558c. Interpreto de acuerdo a lo que vos decis que lo que hay que hacer es sacar lo que la contadora alla cargado (probablemente haya cargado los intereses, supongo) en la pestaña "ingreso de pago faltantes"???
Saludos!!
 #704710  por diego29
 
Buenas tardes foristas!! tengo un caso similar al que planteo Nestor en su Post, me dan una mano por favor?. Un cliente que tiene aportes Autonomo y Relacion de dependencia, entre ambos llego a los 30, es decir no tengo que comprar años por ley 24476. Pero tengo deuda de intereses de los años 2004 en adelante (en total no llega a los $ 100 ). Mi idea era "Enviar" la liquidacion (para luego pagar los intereses que me figurar en el detalle de deuda.) De esa forma "consolido la deuda de intereses" y evito que sigan corriendo los mismos. Pero al querer enviar el Sicam no me deja (por que no tengo periodos que puedan ser incluidos en la moratoria 24476, es logico). Mi pregunat es: yo deberia liquidar, impimie detalle de deuda, pagar intereses en base a ese detalle (no reliquido mas! ) imprimo liquidacion formularios 558 a.b y c, y voy al turno con los tickets del pago de los intereses??? Esta Bien mi razonamiento? Ya se que parece una pregunta muy basica, pero la verdad es que no se en base a què controla el iniciador los pagos de esos intereses (si lo hace en base al detalle de deuda entonces supungo no habria problemas).
Muchas Gracias Saludos!!
 #848990  por masoled
 
No... si querés adherirte a la moratoria de la ley 24.476 , tenés que poner esa regulación. Si no tuvieses deuda si poné la 24.441
 #849241  por walter_cba
 
claro, no me genera deuda por que aplico art3 ley 24476 al periodo que necesitaba para completar los 20 años (minusvalia) entonces ahi mi duda de que si pongo 24441, si puedo de todas formas aplicar el beneficio