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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #644363  por abogadaya1
 
Queridos colegas, como estan iniciando las jubilaciones que ya fueron denegadas en una primera oportunidad.
Cuando piden turno se pide como reapertura o como jubilacion?
La nota de remision de expediente si me toca una udai distinta a la que se inicio con anterioridad se presenta en la udai donde me sale asignado el turno o en la udai en donde se encuentra el expediente.
Muchas gracias a quien pueda responderme.
 #644594  por fabidoc
 
Se pide como reapertura y, en teoría, si no te sale en la misma UDAI tendrías que pedir por nota en donde se encuentra que se remitan las actuaciones a la UDAI....a los fines de iniciar reapertura. Si no llega al momento de iniciar, vos cumpliste al solicitarlo y tendrían que permi-tir que lo inicies igual.
 #644844  por arielruiz86
 
Cuando me deniegan una jubilacion con fundamento o justa causa yo solicito nuevo turno como jubilacion porque es como un nuevo tramite y el anses se encarga de unificar los dos expedientes mandandolo a pedir si esta en otra udai porque para resolver tiene que estudiar las dos presentaciones. Ahora si se trata de una jubilacion mal rechazada o sin fundamento o si se trata de agregar alguna otra documentacion o pruebas si pido como reapertura.
 #645399  por abogadaya1
 
Gracias a ambos, el tema es que lei primero a fabidoc y lo pedi como reapertura, ya tengo el turno, espero no tener problemas la jubilacion estaba bien denegada.
 #645457  por noelin
 
SI PEDIS DE NUEVO LA PRESTACION, SIN AGREGAR PRUEBAS PARA LO ANTERIOR NO VA REAPERTURA, ES JUBI, O LO Q PIDAS. ADEMAS LOS PEDIDOS DE REAPERTURA O RECURSO, SON SUPER LIMITADOS EN LOS HORARIOS DE TURNO, Y SIEMRPE A PRIMERA HORA. LA LEY 20606 Y SU DECRETO RGLAMENTARIO ES MUY ESTRICTO EN LA APLICACION.
 #645666  por fabidoc
 
abogadaya1 escribió:Gracias a ambos, el tema es que lei primero a fabidoc y lo pedi como reapertura, ya tengo el turno, espero no tener problemas la jubilacion estaba bien denegada.
Hacelo tranquila, doy por sentado que si vas a re.iniciar es porque vas a agregar nuevas pruebas o nuevos elementos de juicio. Hasta para agregar simplemente el exceso de edad he iniciado bajo reapertura.
Obvio que si tu intención era atacar el decisorio administrativo, otras eran las vías.
 #646401  por abogadaya1
 
No voy a atacar el decisorio porque la anterior abogada no presento las pruebas correspondientes en su oportunidad. Por lo que yo pedi como reapertura siguiendo el consejo de fabidoc, voy a iniciar la jubilacion agregando años en el sicam y presentando pruebas de los años que le denegaron anteriormente y por supuesto tiene ahora mas meses de exceso de edad.
Ya lo pedi asi me salio a las 8 de la mañana y fui a la udai donde se lo denegaron y presente una nota de remision de expediente que acompañare el dia del turno.

Despues les cuento para que le sirva a otro colega.
Gracias a todos por sus opiniones.
 #647515  por abogadaya1
 
Les cuento que inicie la jubilacion como reapertura y no me hicieron ninguna objeción, lo unico que presente la nota con el pedido de remision de expediente y me dijeron que no era necesaria ya que si no la traia la pedian ellos, igualmente la agregaron en el expediente previsional. Yo creo que cada udai tiene su librito y hay que preguntar en donde nos toca iniciar si necesitan la nota de remision o si la piden ellos.
 #647517  por fabidoc
 
Gracias por comentar. QUe bueno que te sirvió la ayuda.
 #648011  por abogadaya1
 
si fabidoc, me sirvio muchisimo la ayuda, y me parece que esta bueno que despues que iniciamos contemos nuestras experiencias asi le sirven a otros colegas.
 #1119912  por MEI38
 
Estimados foristas, buenas tardes. Motiva esta consulta una situación que tengo con un expediente que inicié cuyo titular reside en el extranjero. Se presentó la jubilación con aportes en RD y completado con moratoria porque el titular no podía encontrar certificaciones de servicio ni otra prueba para avalar períodos que en sábana aparecían cortados, y no podía aplicar 524. Me piden luego de 5 meses de iniciado que presente pruebas de residencia en el país por los períodos regularizados con moratoria. Son dos períodos de los cuales el primero tengo las pruebas, pero del segundo 81/83 no logré conseguir nada. Hace un par de semanas me contacta un familiar del titular y me dice que encontraron las certificaciones de servicios, de época, y me las entregan. Con esto, el período de sicam 81/83 no es necesario. LLevo todo al ANSES pero el expte es denegado antes de incorporar las pruebas. Me dicen que el sicam prsentado los obliga a soliciar pruebas, y que aún con esas certificaciones, si no tengo prueba de la residencia en el pais del período regularizado 81/83 ellos deben denegarlo aún cuando supere los 30 años. Me dicen que pida reapertura y que rehaga el sicam e incorpore las certificaciones de servicios. La duda que me queda es si efectivamente pasando los años me deben exigir probar ese período que además estaba renunciado, pero que efectivamente está en el SICAM. Y también si es correcto la reapertura o conviene iniciar un nuevo expediente, desde ya muchas gracias por la ayuda.
 #1119913  por MEI38
 
MEI38 escribió:Estimados foristas, buenas tardes. Motiva esta consulta una situación que tengo con un expediente que inicié cuyo titular reside en el extranjero. Se presentó la jubilación con aportes en RD y completado con moratoria porque el titular no podía encontrar certificaciones de servicio ni otra prueba para avalar períodos que en sábana aparecían cortados, y no podía aplicar 524. Me piden luego de 5 meses de iniciado que presente pruebas de residencia en el país por los períodos regularizados con moratoria. Son dos períodos de los cuales el primero tengo las pruebas, pero del segundo 81/83 no logré conseguir nada. Hace un par de semanas me contacta un familiar del titular y me dice que encontraron las certificaciones de servicios, de época, y me las entregan. Con esto, el período de sicam 81/83 no es necesario. LLevo todo al ANSES pero el expte es denegado antes de incorporar las pruebas. Me dicen que el sicam prsentado los obliga a soliciar pruebas, y que aún con esas certificaciones, si no tengo prueba de la residencia en el pais del período regularizado 81/83 ellos deben denegarlo aún cuando supere los 30 años. Me dicen que pida reapertura y que rehaga el sicam e incorpore las certificaciones de servicios. La duda que me queda es si efectivamente pasando los años me deben exigir probar ese período que además estaba renunciado, pero que efectivamente está en el SICAM. Y también si es correcto la reapertura o conviene iniciar un nuevo expediente, desde ya muchas gracias por la ayuda.
ME DIJERON EN LA UDAI QUE SEGURAMENTE EL MOTIVO DE DENEGATORIA FUE NO HABER PRESENTADO EN TIEMPO LS PRUEBAS SOLICITADAS, SALUDOS
 #1119936  por MATANGA19
 
MEI38 hay dos cosas que no entiendo, si vos tenes certificaciones de trabajo de los periodos que no podes probar que estuvo en el país, las certificaciones sirven como prueba ya que figura que trabajo en esos años por ende estuvo en la Argentina.
La otra duda es que si viste el expediente y la resolución denegarotia?, ya que pones que la udai te dijo que " SEGURAMENTE EL MOTIVO DE DENEGATORIA FUE NO HABER PRESENTADO EN TIEMPO LS PRUEBAS SOLICITADAS"
Yo creo que si no tenes resolución ni viste el expediente antes de iniciar cualquier cosa primero pedí vista de expediente para saber con exactitud porque te lo rechazaron.
 #1120008  por MEI38
 
MATANGA19 escribió:MEI38 hay dos cosas que no entiendo, si vos tenes certificaciones de trabajo de los periodos que no podes probar que estuvo en el país, las certificaciones sirven como prueba ya que figura que trabajo en esos años por ende estuvo en la Argentina.
La otra duda es que si viste el expediente y la resolución denegarotia?, ya que pones que la udai te dijo que " SEGURAMENTE EL MOTIVO DE DENEGATORIA FUE NO HABER PRESENTADO EN TIEMPO LS PRUEBAS SOLICITADAS"
Yo creo que si no tenes resolución ni viste el expediente antes de iniciar cualquier cosa primero pedí vista de expediente para saber con exactitud porque te lo rechazaron.
Hola Matanga, tengo certificaciones de servicios, pero NO en el periodo 81/83, los aportes de esas CS son posteriores y por períodos mas largos q los que figuran en la sábana. Es por ello, que al obtenerlas, y figurar el período completo, esos años 81/83 comprado por moratoria no harían falta. Lo que me dijeron en la UDAI fue que por mas que ahora no hicieran falta, el sicam ya estaba hecho y por ende me iban a pedir prueba de residencia en ese período. Y que la denegatoria se basaría en que habiendo sido citados para acompañar prueba de residencia y no haberlas presentado, ese sería el motivo para denegar el trámite. Entonces me dijeron que debo presentar un nuevo sicam porque el periodo 81/83 ya no haría falta ya además no tengo pruebas y q por eso debía pedir reapertura. Mi duda es si hago es o saco un nuevo turno de jubilación, gracias!!!! *suerte*
 #1120271  por MATANGA19
 
Disculpa que tarde en contestarte. Como dije te estas basando en dicho, igualmente para hacer reapertura o iniciarlo nuevamente necesitas la resolución denegatoria.
La diferencia de reapertura con inicio nuevo, es que la reapertura va cuando presentas nuevas pruebas.
El tema en tu caso que tenes que hacer nuevo sicam entonces el retro te corre desde este nuevo sicam que vas a hacer.