Dictaron el primer proveido, aún no notifiqué demanda (voy por la alimentada), fui hoy al juzgado a hacer firmar la cédula ley 22172 y a retirar la copia para traslado, y resulta que tambien proveyeron que se reteng el 25% del sueldo del alimentante y estaba hecho el oficio x el juzgado para que lo lleve al banco y retenga (alimentante es policía). Pregunto, ¿puedo antes de que se notifique el demandado llevar el oficio al banco para que le retengan del sueldo?, lo que dice el proveido es que fija alimentos provisorios x 6 meses, ¿será una cautelar?, nunca lo hice antes de que se notificara el demandado, pero en este caso...parece que es así? ¿Por qué?
¿Será Justicia?