Buenas tardes. Nuevamente me pongo en contacto con el foro, debido a que necesito estimar el monto de honorarios en un juicio donde está homologado el convenio de alimentos y existe un incidente de aumento de cuota alimentaria. Mi cliente es el marido que pasa alimentos a su mujer (están separados). Tiene éste juicio y su incidente ya iniciados pero él nunca se presentó y a raíz de estos juicios tiene embargado su sueldo. Por otro lado necesita presentarse para solicitar disminución de cuota alimentaria, ya que uno de sus hijos es mayor de edad y sigue pagando lo mismo. Estuve mirando la ley 21.839 y en su art. 25 dice que el monto será el correspondiente a un año de la cuota que se fijare por sentencia o la diferencia por igual plazo en una causa donde se solicite incremento de la cuota, ¿Es así en la practica? Me gustaría algún comentario de alguien que sepa un poco más del tema ya que familia no es lo mi fuerte, pero en este caso estoy haciendo un favor a un conocido. Saludos y gracias por vuestros comentarios.-
Este2009