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  • que excepcion opongo?

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 #646596  por clauclau
 
Hola chicos, engo un problemilla. Mi duda surge por esta situacion: (la simplifico un poco y omito algunos detalles porque no estoy segura si existe el mismo regimen de viviendas q aca en mi provincia)
Resulta que a mi papa le llega un mandamiento por una deuda en el impuesto inmobiliario (rentas) a nuestro domicilio. La deuda es por un departamento que tenia y que en el año 92 permuto por otro, q es en el cual vive ahora. El problema estaria en que, si bien mi papa denuncio este cambio en rentas, q es el encargado de cobrar este impuesto, la adjudicataria del departamento jamas hizo el cambio (el cual en ese momento era un tramite personal). Mi pregunta es, que excepcion opongo cdo conteste el mandamiento?? porq si bien en rentas le dijeron q habia sido un mal cruce de datos y q presente ahi una nota y q no va a tener problema etc etc quiero dejar alguna constancia en el expediente sino eso se ejecuta! Entiendo que la obligacion recae sobre el inmueble, ademas la deuda es del año 98 al 2003 cdo ya se habia hecho la permuta. Vale aclarar que ambos son inmuebles del IPV, q no se si esta en todas las provincias. Mi duda principal es con q excepcion entro, falta de legitimacion pasiva? ... ? Muchas gracias al que quiera y pueda contestarme. *flor*
 #646793  por draiglesias276
 
Estoy de acuerdo con vos... si tu papa al momento de la deuda no era mas el dueño, claramente es falta de legitimacion pasiva...
saludos!
 #646908  por albrecht
 
Prescripción? y me parece que el tema de falta de legitimación pasiva también va
 #647137  por clauclau
 
Muchas gracias chicos.. voy a ir por ese lado. Albrecht ojala estuviera prescripto!!! seria mas facil encararlo... pero lastimosamente no.. por 10 dias. Gracias!