Buenas dia a todos, les comento que es la primera vez que realizo una consulta en el foro, si bien no la primera vez que ingreso.
Se me ha planteado la siguiente situacion:
Un menor que ha recibido la herencia de su madre fallecida se encuentra bajo tratamiento psicologico, su padre debe rendir cuentas ante el juez para que le habilite el uso de los fondos de la herencia o bien reintegrarle los gastos realizados. El psicologo, en este caso, para certificar el tratamiento de todo un año, tiene que necesariamente realizar una factura (retroactiva al comienzo de las sesiones hasta el dia de hoy) o basta con un certificado para que el juez de lugar a cubrir el tratamiento con los bienes de la herencia? Si no es necesario factura, que requisitos son necesarios en el escrito que certifiquen el tratamiento y su monto?
Desde ya muchas gracias, espero haber sido claro. Cualquier cosa que no se entienda pregunten que lo aclaro.
Saludos!
Se me ha planteado la siguiente situacion:
Un menor que ha recibido la herencia de su madre fallecida se encuentra bajo tratamiento psicologico, su padre debe rendir cuentas ante el juez para que le habilite el uso de los fondos de la herencia o bien reintegrarle los gastos realizados. El psicologo, en este caso, para certificar el tratamiento de todo un año, tiene que necesariamente realizar una factura (retroactiva al comienzo de las sesiones hasta el dia de hoy) o basta con un certificado para que el juez de lugar a cubrir el tratamiento con los bienes de la herencia? Si no es necesario factura, que requisitos son necesarios en el escrito que certifiquen el tratamiento y su monto?
Desde ya muchas gracias, espero haber sido claro. Cualquier cosa que no se entienda pregunten que lo aclaro.
Saludos!