Si el accidente es en Provincia, podés postular la inconstitucionalidad de la ley por el avance de la misma estableciendo jurisdicción sobre las facultades no delegadas de las Provincias a la Nación fijadas por una norma superior (en este caso específico, la justicia del trabajo cuya administración es propia de las Provincias por el art. 121 de la Constitución Nacional)
Tengo los bolsillos llenos de verdades (by Charlie)