Hola, les agradecería me aclaren el Art 34, inc 3(c) del Código Procesal.
c) Las sentencias definitivas en juicio ordinario salvo disposición en contrario, dentro de los cuarenta (40) o sesenta (60) días, según se trate de juez unipersonal o de tribunal colegiado. El plazo se computará, en el primer caso, desde que el llamamiento de autos para sentencia, dictado en el plazo de las providencias simples, quede firme; en el segundo, desde la fecha de sorteo del expediente, que se debe realizar dentro del plazo de quince (15) días de quedar en estado;
¿Qué significa que quedar en estado? ¿Desde cuándo corre el plazo de 15 días para realizar el sorteo?
Muchísimas gracias, desde ya!
Sabrina
c) Las sentencias definitivas en juicio ordinario salvo disposición en contrario, dentro de los cuarenta (40) o sesenta (60) días, según se trate de juez unipersonal o de tribunal colegiado. El plazo se computará, en el primer caso, desde que el llamamiento de autos para sentencia, dictado en el plazo de las providencias simples, quede firme; en el segundo, desde la fecha de sorteo del expediente, que se debe realizar dentro del plazo de quince (15) días de quedar en estado;
¿Qué significa que quedar en estado? ¿Desde cuándo corre el plazo de 15 días para realizar el sorteo?
Muchísimas gracias, desde ya!
Sabrina