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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #649874  por HAS
 
Buenos días foristas:

Cómo se interpreta el art. 6 del decreto 1694/2009????????

"Art. 6º — Establécese que las prestaciones dinerarias por Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) o permanente provisoria mencionadas en el artículo 11, inciso 2, se calcularán, liquidarán y ajustarán de conformidad con lo establecido por el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias"

Están obligadas las ART a pagar presentismo y horas extras???? o es obligación de la empresa???? o directamente no se paga nada????