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  • causal de despido muy original

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #650043  por laurava
 
Hola! Resulta que a mi clienta la despidieron con la siguiente causal: la habían suspendido dos días, y pese a la suspensión fue a trabajar. Ficho y trabajo como todos los dias, nadie le dijo nada. Y para su sorpresa le llegó la CD de despido al día siguiente, informandole que haber ido a trabajar pese a la suspension es una injuria tan grave que justifica el despido con causa. A mi me parece una ridiculez, pero de tan ridiculo estoy pensando si me estaré perdiendo algo.... Como lo ven? Gracias!!!!!
 #650143  por DraSolcito
 
:shock:

En principio, creo que deberían no haberla dejado entrar a trabajar en su debido momento en función de la suspensión. En el PEOR de los casos, podrán no pagarle esos días trabajados porque estaba suspendida.

Fue debidamente notificada de esa suspensión? La impugnó? Estaba firme? La suspensión, tenía justa causa y proporción en la sanción? Son cosillas para desvirtuar la sanción y, por ende, el despido, me parece.

Ahora... Pienso. No acatar una sanción disciplinaria, es una falta. Hasta ahí estoy de acuerdo. Justifica, supongamos, una suspensión por cuatro días. Ahora, no haber acatado una sanción disciplinaria de 2 días, es una injuria de tal gravedad como para no poder proseguir con el vinculo laboral? En mi humilde opinión, me parece que no.
 #650162  por laurava
 
Gracias por tu respuesta!!!! Pensé lo mismo: a lo sumo que pretendan no pagarle esos días. O hasta que le apliquen otra sanción (aunque ni eso me parece justificado) pero un despido!!!!!!!!!!
Ya pedí la audiencia en el seclo, y voy a ir bien firme a la negociación!!! jajaja.
Bueno, gracias de nuevo
 #650164  por bogatavo
 
Hola, evidentemente la querían "rajar". Pareciera que intentan demostrar que atento que las facultades de organización, dirección y fiscalización (órdenes e instrucciones) implicitamente traen aparejadas la facultades de aplicar sanciones disciplinarias de lo contrario es una una facultad sin poder real, los lleva a decir que el trabajador comete la falta al omitir la sanción dispuesta (como si omitiera el cumplimiento de una orden).Más que dudoso lo que hicieron. En todo caso no existe proporcionalidad entre la falta y la sanción (despido). Rechaza, e intima indemnizaciones por despido incausado, y en su caso también cuestiona los salarios de suspensión (si te parece). Saludos
 #650172  por DraSolcito
 
Adhiero a bogatavo! La querían rajar a toda costa. Y claramente, no hay proporcionalidad entre la falta y la sanción. Totalmente cuestionable en tribunales!
 #650214  por agentil
 
Agrego algo más a las excelentes opiniones de los colegas preopinantes, lo que hizo el empleador es violatoria del principio de autonomia de la voluntad ya que sí le es aplicable al empleador. Si la deja entrar al estar suspendida es una autorización tácita y no puede luego de que se retira del trabajo despedirla por eso, ya que él mismo asintió su permanencia con su omisión dejandolá en el lugar de trabajo, es para sumar, saludos!!!
 #650396  por Caro36
 
Muy buenas respuestas y opiniones todas!! yo atacaria la notificacion de la suspension, es decir, fué notificada fehacientemente de la suspension? porque sino fue debidamente notificada, podes alegar que elle desconocia que estaba suspendida y listo, le hacer negar la suspension, y por ende al no estar notificada de la sanción tu clienta lo unico que hizo fue cumplir con sus obligaciones yendo a trabajar normalmente! por eso si no estaba notificada, rechazá la causal de despido que te invocan ya que no incumplió nada tu clienta, porque estamos frente a la inexistencia de la suspension, se entiende?
 #650412  por CarlosRosario
 
Subrayo lo de agentil y redoblo; el patrón no sólo recibió la prestación laboral de la trabajadora, con lo cual tácitamente retractó la suspensión anteriormente impuesta dejándola sin efecto (recordemos que en uso de las facultades que le asisten podría haberle impedido ingresar al establecimiento), sino que tampoco podría rehusar el pago de los salarios por tales días de labor, ya que la puesta a disposición de la operaria (y su trabajo efectivo), reitero, fueron usufructuados por la empresa sin más. En suma, si la empresa es solvente, yo no transaría este asunto por menos del 120% de las indemnizaciones de ley, más costas. :D
 #651185  por laurava
 
Gracias a todos por las respuestas. Agentil y carlos rosario estuvieron muy astutos. Si la dejaron trabajar, consintieron en ello, y se beneficiaron con su tarea. Voy a reclamar esos 2 dias tambien, ademas de todas las indemn y multas. les agradezco porque voy a ir mas segura al seclo. Si no ofrecen algo muy bueno, seguiremos adelante
Saludos a los colegas!!!!!!!
 #652277  por GU
 
laurava escribió:Gracias a todos por las respuestas. Agentil y carlos rosario estuvieron muy astutos. Si la dejaron trabajar, consintieron en ello, y se beneficiaron con su tarea. Voy a reclamar esos 2 dias tambien, ademas de todas las indemn y multas. les agradezco porque voy a ir mas segura al seclo. Si no ofrecen algo muy bueno, seguiremos adelante
Saludos a los colegas!!!!!!!
El despido es sin causa, corresponde tambien, ademas de esos dos dias, la integracion del mes de despido.

Salutes!
 #970959  por CarlosRosario
 
laurava escribió:Gracias a todos por las respuestas. Agentil y carlos rosario estuvieron muy astutos. Si la dejaron trabajar, consintieron en ello, y se beneficiaron con su tarea. Voy a reclamar esos 2 dias tambien, ademas de todas las indemn y multas. les agradezco porque voy a ir mas segura al seclo. Si no ofrecen algo muy bueno, seguiremos adelante
Saludos a los colegas!!!!!!!
Si llegás a leer esto ¿cómote fue al final con este caso?
Saludos