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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #651079  por romi19
 
Divorcio en capital,Que porcentaje se cobra en un convenio privado de disolucion de sociedad conyugal ? Un 3% o un 5%.?Es en base al valor fiscal o real?
 #651179  por SilvanaZuf
 
Hola, mira no podés ir por el valor real, salvo que el verdadero mayor valor surja de la sucesión (ej. por venta etc.). Recordá que se toma por base regulatoria el valor fiscal del inmueble incrementado en un 10%.
Saludos.-
 #654160  por romi19
 
Como me aseguro el pago del convenio, evitando ponerlo en el mismo. Mediante un pagaré? o convenio de honorarios?
 #657922  por Tiburcio
 
Te aconsejo que hagas un convenio.
En cuanto al valor a tener en cuenta es el real, no el fiscal.
De 3% a 5% me parece bien salvo que sean bienes muy valiosos.
Si son de poco valor se puede aumentar un poco la proporción. Vos estás cobrando honorarios seguramente por el convenio y por el divorcio también