Hola! Tengo pregunta:
A los cinco días de notificada por nota el auto de apertura a prueba en juicio sumario Pcia de Buenos Aires, la demandada plantea hecho nuevo.
Pregunta: qué pasa ahora?
Según leo el planteo del hecho nuevo suspende el plazo de prueba hasta tanto haya resolución. Esto es así ?
2.- A colación de la lectura acerca de hecho nuevo, otras preguntas:
a.- Tengo el auto de apertura a prueba ya firme : cuáles son los pasos a seguir?
Me corre algún plazo? Empiezan a correr los tantos días que el juez haya estipulado en ese auto ?
b.- Firme la apertura tengo que pedir se provea la prueba o directamente pido formación de cuadernos? Recuerden que se trata en el caso de un juicio sumario.-
A los cinco días de notificada por nota el auto de apertura a prueba en juicio sumario Pcia de Buenos Aires, la demandada plantea hecho nuevo.
Pregunta: qué pasa ahora?
Según leo el planteo del hecho nuevo suspende el plazo de prueba hasta tanto haya resolución. Esto es así ?
2.- A colación de la lectura acerca de hecho nuevo, otras preguntas:
a.- Tengo el auto de apertura a prueba ya firme : cuáles son los pasos a seguir?
Me corre algún plazo? Empiezan a correr los tantos días que el juez haya estipulado en ese auto ?
b.- Firme la apertura tengo que pedir se provea la prueba o directamente pido formación de cuadernos? Recuerden que se trata en el caso de un juicio sumario.-