Hola foristas, les pido su ayuda o que me guien ya que nose lo que va a pasar..
es asi, nosotros vamos por la parte actora, es un juicio de desalojo por falta de pago, sale sentencia a nuestro favor, notifico la misma en el inmueble objeto del juicio.. cuando se vencen el termino de los diez dias corridos y queda firme, el juzgado dicta un auto aclaratoria ese mismo dia, porque se habian equivocado en consignar la fecha de inicio del expediente en la sentencia, por ende tube que notificar ese auto aclaratoria de nuevo por tres dias mas en el inmueble objeto del contrato...
cuando queda firme, voy e pido la ejecucion y lanzamiento y llevo el oficio, el tribunal me dicta el decreto de ejecucion y lanzamiento , vuelvo a notificar este decreto por tres dias.... ( me habian corregido el oficio para que cuando vuelva con la cedula directamente me lo firmaban) .. cuando queda firme este decreto de lanzamiento, pasan los tres dias, y el cuarto pasado el cargo de hora (pasada las diez de la mañana) me presento en el tribunal con el oficio para que me lo firmaran.. y el expediente estaba PRESTADO y el abogado de la contraparte me planteo en un para agregar (que dejo) la nulidad de las notificaciones por no estar la sentencia y la providencia que ordena la ejecucion notificadas en el domicilio legal constituido por ellos...
AHORA... esto es asi?? puede pasar? dice que afecta su derecho de defensa... defensa de que??? su cliente esta sin pagar hace un año en el inmueble y tvia no se va!!!!
Durante el juicio paso de todo.. el demandado comparecio alego prueba que nada que ver, el juzgado abrio a prueba un JUICIO DE DESALOJO POR FALTA DE PAGO.. cuando la prueba es limitada.. tubimos que presentas recursos de reposicion , fue un desastre.. y ahora me pasa estoi... ya pasaron como un mes de que salio la sentencia.. y el ahora ensima plantea la nulidad....!!?!! igual no se entero su cliente.. en su domicilio de esto????? no basta con la notificacion de la sentencia y la ejecucion en el domicilio contractual??
el tribunal en su momento dictamino que estaba bien.. no me decreto "notifiquese en forma y se proveera" ahora me lo puede anular?!!!! no es la teoria de ir en contra de los actos propios?? que hago???
me muero si me hacen notificar todo de nuevo!! ensima se llevo el expediente y no lo devuelve.. obviamente que quiere que me agarre la feria.. que hago?? estoy desesperado.. me pueden ayudar por favor.. que puedo plantear en el tribunal? alguien tiene jurisprudencia sobre esto??
Hace un año que me recibi y esto me tiene mal... necesito de sus ayudas
gracias!!
es asi, nosotros vamos por la parte actora, es un juicio de desalojo por falta de pago, sale sentencia a nuestro favor, notifico la misma en el inmueble objeto del juicio.. cuando se vencen el termino de los diez dias corridos y queda firme, el juzgado dicta un auto aclaratoria ese mismo dia, porque se habian equivocado en consignar la fecha de inicio del expediente en la sentencia, por ende tube que notificar ese auto aclaratoria de nuevo por tres dias mas en el inmueble objeto del contrato...
cuando queda firme, voy e pido la ejecucion y lanzamiento y llevo el oficio, el tribunal me dicta el decreto de ejecucion y lanzamiento , vuelvo a notificar este decreto por tres dias.... ( me habian corregido el oficio para que cuando vuelva con la cedula directamente me lo firmaban) .. cuando queda firme este decreto de lanzamiento, pasan los tres dias, y el cuarto pasado el cargo de hora (pasada las diez de la mañana) me presento en el tribunal con el oficio para que me lo firmaran.. y el expediente estaba PRESTADO y el abogado de la contraparte me planteo en un para agregar (que dejo) la nulidad de las notificaciones por no estar la sentencia y la providencia que ordena la ejecucion notificadas en el domicilio legal constituido por ellos...
AHORA... esto es asi?? puede pasar? dice que afecta su derecho de defensa... defensa de que??? su cliente esta sin pagar hace un año en el inmueble y tvia no se va!!!!
Durante el juicio paso de todo.. el demandado comparecio alego prueba que nada que ver, el juzgado abrio a prueba un JUICIO DE DESALOJO POR FALTA DE PAGO.. cuando la prueba es limitada.. tubimos que presentas recursos de reposicion , fue un desastre.. y ahora me pasa estoi... ya pasaron como un mes de que salio la sentencia.. y el ahora ensima plantea la nulidad....!!?!! igual no se entero su cliente.. en su domicilio de esto????? no basta con la notificacion de la sentencia y la ejecucion en el domicilio contractual??
el tribunal en su momento dictamino que estaba bien.. no me decreto "notifiquese en forma y se proveera" ahora me lo puede anular?!!!! no es la teoria de ir en contra de los actos propios?? que hago???
me muero si me hacen notificar todo de nuevo!! ensima se llevo el expediente y no lo devuelve.. obviamente que quiere que me agarre la feria.. que hago?? estoy desesperado.. me pueden ayudar por favor.. que puedo plantear en el tribunal? alguien tiene jurisprudencia sobre esto??
Hace un año que me recibi y esto me tiene mal... necesito de sus ayudas
gracias!!
