Hola a todos, les cuento que tengo un cliente separado de hecho de su esposa desde hace 2 años y medio; en 2008 acordó judicialmente pasar 35% de su salario neto en concepto de alimentos para su hija menor de edad y su esposa. Ahora el asunto es que la situación de este muchacho cambió (aun vive con sus padres), desea alquilar un depto donde llevar a su hija los findes, sacar un crédito, etc.etc.etc y no puede porque no le alcanza. Mis dudas son las siguientes:
1) Iniciarle un incidente de reducción de cuota alimentaria, considerando lo que les contaba y el hecho de que la esposa trabaja y tiene ingresos importantes, es viable teniendo en cuenta que él voluntariamente lo acordó?
2) En Marzo se cumplen los 3 años para poder iniciar divorcio por 214 inc2, mi duda es, subsiste la obligación alimentaria teniendo en cuenta que ya hay una cuota alimentaria pactada con anterioridad, o la sentencia de divorcio hace cesar "ipso iure" la oblig alimentaria???
Espero respuestas, mil graciassss!
1) Iniciarle un incidente de reducción de cuota alimentaria, considerando lo que les contaba y el hecho de que la esposa trabaja y tiene ingresos importantes, es viable teniendo en cuenta que él voluntariamente lo acordó?
2) En Marzo se cumplen los 3 años para poder iniciar divorcio por 214 inc2, mi duda es, subsiste la obligación alimentaria teniendo en cuenta que ya hay una cuota alimentaria pactada con anterioridad, o la sentencia de divorcio hace cesar "ipso iure" la oblig alimentaria???
Espero respuestas, mil graciassss!