Estimados:
Soy nueva en el foro y estoy necesitando ayuda con un tema de apremios.-
Resulta que me llego un cliente a quien le notificaron un mandamiento de intimación de pago y remate por una deuda de tasa municipal (apremio) en la pcia de Bs As
Conforme la ley de apremio N° 13406 el plazo para oponer excepciones es de cinco días pero el decreto reglamentario N° 9122/78 establece tres días. Entonces cual es el plazo?
Por otra parte quería ver si alguno tiene algun modelo que me pueda ayudar para oponer la excepcion de prescripción, que entiendo es la única excepción que puedo oponer ..el plazo me estaría venciendo el martes proximo..
Otra cosa más, alguno sabe si existe alguna disposición respecto de personas exentas al pago de tasa municipal porque mi cliente es una jubilada de 86 años...
Desde ya, les agradezco su ayuda.-
Saludos
Soy nueva en el foro y estoy necesitando ayuda con un tema de apremios.-
Resulta que me llego un cliente a quien le notificaron un mandamiento de intimación de pago y remate por una deuda de tasa municipal (apremio) en la pcia de Bs As
Conforme la ley de apremio N° 13406 el plazo para oponer excepciones es de cinco días pero el decreto reglamentario N° 9122/78 establece tres días. Entonces cual es el plazo?
Por otra parte quería ver si alguno tiene algun modelo que me pueda ayudar para oponer la excepcion de prescripción, que entiendo es la única excepción que puedo oponer ..el plazo me estaría venciendo el martes proximo..
Otra cosa más, alguno sabe si existe alguna disposición respecto de personas exentas al pago de tasa municipal porque mi cliente es una jubilada de 86 años...
Desde ya, les agradezco su ayuda.-
Saludos