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 #658227  por anaines
 
Hola recien estoy empezando a ejercer y se me planteo el siguiente caso:

el inquilino de un inmueble (locacion urbana) dejo el departamento que alquilada sin previo aviso a los tres mese de haber ocupado el inmueble.- El locador quiere ver que es lo que puede hacer.-
Yo habia estado pensando en que puede reclamarle.-

la multa por rescindir anticipadamente antes de los 6 meses
mas los 3 meses de alquiler ( porque hasta antes de los 6 meses no tenia la posibilidad de rescindir)
mas lo que corresponda por no haber notificado fehacientemente ?????

por otra parte existe en ese contrato un garante (que el era el empleador del locatario) que quiere ver si existe alguna posiblidad de compensar lo que el pagaria si cumple con la garantia del contrato de alquiler con lo que tiene que pagarle a ese empleado que le ha iniciado juicio por trabajo en negro


Realmente necesito que me ayuden con sus consejos gracias
 #658339  por emn
 
Hola

Soy Norma
Abogada-Mediadora Judicial-Martillero-Corredor Inmobiliario (Matriculada en C.u.c.i.c.b.a.)

Es importante conocer los alcances de la Ley 23.091 de Alquileres a la hora de dejar la Locación de un alquiler de un departamento, en muchas oportunidades pasa que por causas imprevistas el Inquilino toma la determinación de cancelar un Contrato de Locación sin tener en cuenta los costos que esto genera, según lo especificado en la Ley antes mencionada, el Contrato no puede ser rescindido antes de los 6 meses del transcurso del mismo.-
Esto implica que si esta determinación se toma en el transcurso de los primeros 3 meses, para poder dejar la propiedad, el Inquilino deberá pagar los 3 restantes de mínima, a esto debe sumarle la Indemnización por rescisión anticipada, como ésta determinación se toma antes del transcurso del 1er año, la Indemnización establecida de de 1 mes y ½ del valor del Canon Locativo.-
Es importante aclarar que en todos los casos el Propietario debe ser notificado fehacientemente de esta decisión con un plazo mínimo de 60 días de antelación, caso contrario tiene derecho a reclamar el pago de estos dos meses, independientemente de la Indemnización.-

En conclusión: el Locador tiene derecho a el pago de los tres (3) meses restantes, más un mes y medio
(1 y ½) en concepto de rescisión anticipada , más dos (2) meses de pre-aviso.-
Total: 6 meses y medio (6 y ½).-

Espero te sea útil.-

Saludos.-
Norma.-