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 #658391  por tayjuank
 
Buenas tardes colegas quiero que me orienten un poco( hace poco me matricule) ..
vino al estudio una señora que tiene un departamento. en septiembre lo hiba alquilar , fueron a rentas ella como el futuro inquilino con el contarto firmado... en renta le pusieron un sello q luego deberia ir a abonar las partes 380$ en banco XXX .- todavia no se hacian la entrega de la llaves ni el pago ... se pusieron de acuerdo en pagar semana entrante ( etso fue en septiembre) luego avisa el inquilino q no iva a alquilar....
la señora espero un tiempo y en noviembre lo presto a una hna que va a su iglesia q tiene dos pequeños y q se conocen hace 10 años ....
le llega a mi clienta( dueña del departamento ) una cedula de notificacion que expresa:
en uso de faculatades conferidas por el codigo fiscal pcial vigente Nqn hago saber a Usted q la documentacion obrante en ésta direcicon surge que No ha realiza ALTA en el impuesto ingresos brutos por la actividad realizada ALQUILER Y ARRENDAMIENTO D EINMUEBLE PROPIO" establecido art 189:G del mensionado cuerpo legal....asi como que no ha cumplido con las prestaciones y pago de las declaracione sjuradas correspondientes.
Intimamos para que en el plazo 15 dias ..... regularice su situacion presnetando las declaraciones juradas e ingresando el impuesto con mas intereses resarcitorio...
de lo contrario Multa por incumplimiento a los requisitos formales prevista art 56 codigo fiscal pcial... sin perjuicio de iniciar las actuaciones administrativas para determinacion de la deuda de oficio ...


si alguien me orienta como encarar el descargo.- ya que el departamento esta prestado y no alquilado. *leo*
tatiana