hola tengo una consulta sobre un tema de alquiler.ya hace año y medio que alquilo y tengo que irme. la propietaria me quiere cobrar el mes de alquiler completo mas el agua que no figuraba cuando firme el contrato.yo ingrese entregando un mes de deposito no sirve para cubrir mes de alquiler y agua? respondanme por favor muchas gracias
Hola
Soy Norma
Abogada-Mediadora Judicial-Martillero-Corredor Inmobiliario (Matriculada en C.u.c.i.c.b.a.)
Es importante conocer los alcances de la Ley 23.091 de Alquileres a la hora de dejar la Locación de un alquiler de un departamento, en muchas oportunidades pasa que por causas imprevistas el Inquilino toma la determinación de cancelar un Contrato de Locación sin tener en cuenta los costos que esto genera, según lo especificado en la Ley antes mencionada.-
Esto implica que debe abonar al propietario del Inmueble la Indemnización por rescisión anticipada.-
Como ésta determinación se toma transcurrido el 1er año, la Indemnización establecida es de 1 mes del valor del Canon Locativo.-
Es importante aclarar que en todos los casos el Propietario debe ser notificado fehacientemente (Carta Documento) de esta decisión con un plazo mínimo de 60 días de antelación, caso contrario tiene derecho a reclamar el pago de estos dos meses, independientemente de la Indemnización por rescisión anticipada.-
Espero le sea útil.-
Saludos.-
Norma.-