en una Insania ya salió la sentencia y acredité mis honorarios y los de los peritos intervinientes, pero al final de la sentencia dice: ...Comuníquese al Registro Provincial de las Personas.- Oportunamente, ofíciese.- Pase a Receptoría General de expedientes.- Extráigase y archívese copia.-.....
¿Debo comunicarlo yo al Registro Prov. de las Personas o lo hace el tribunal?, gracias
¿Debo comunicarlo yo al Registro Prov. de las Personas o lo hace el tribunal?, gracias