Hla colegas, les hago una consulta: a un cliente le llegó una demanda fiscal, pero toda la actuacion fiscal y la propia demnda tienen mal redactado el apellido de mi cliente. El error está solamente en una letra (R en lugar de C), pero considero que una vez trabada la litis es suficiente para anular el proceso. La consulta es: qué me conviene más, devolver la cedula de intimacion de pago y embargo por considerar que el demandado no es mi clienete, o pedir la nulidad del proceso?.. ahora, surge otra cuestion: puedo pedir la nulidad si el notificado " en teoria" es otra persona diferente de mi cliente... o sea, que no seria parte?