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 #662093  por cuervorosario26
 
Queridos Colegas, escribo para cosnultarles y a la vez para contarles lo que viene siendo mi experiencia en este primer caso penal respecto de menores que atiendo. Basicamente mi cliente, de 17 años, salio del boliche, y junto a algunos de sus amiguetes, se agarraron a las trompadas con otro grupo, golpeando levemente a uno de los contrincantes, y sacandole algunas de sus pertenencias. resultado, imputacion del delito de Robo. Tuvimos una primera audiencia (una especie de indagatoria) donde le impusieron la restriccion de estar dentro de su casa por dos meses, saliendo por motivos puntuales y siempre acompañado de su madre. Casi secretamente, el juzgado continuo con los tramites y ayer me manda una cedula corriendome el traslado del articulo noventa del CPM de Santa fe (que luego les trascribo). mi duda es si con esto me estan pidienso que "me oponga a la requisitoria de elevacion a juicio formulada por el fiscal", haciendo una especie de defensa penal (como cuando pasa de instruccion a sentencia y te corren traslado para contestar la acusacion del fiscal - en Santa fe tenemos el sistema escrito aun). Si a alguien le toco, valoraria me cuente su experiencia!.
Mil gracias.
Emanuel de Rosario. *leo*
 #662428  por Hellrhaiser
 
Soy de Santa fe, trabaje hasta hace poco en el Juzgado de Menores, tenes que contestar enseguida el traslado del 90. Del auto de procesamiento podes extraer la defensa. Podes pedir el expediente y verlo fotocopiarlo. Lo dice la nueva reforma. Es decir el Juez pudo sobreseer pero encontro probabilidades de que tu defendido lo cometio, entonces solicita el enjuiciamiento. Ahora te podes probar que servis. El escrito detallado como te dije. despues abierta la causa a prueba, todas.....
saludos
 #662483  por cuervorosario26
 
Hellrhaiser escribió:Soy de Santa fe, trabaje hasta hace poco en el Juzgado de Menores, tenes que contestar enseguida el traslado del 90. Del auto de procesamiento podes extraer la defensa. Podes pedir el expediente y verlo fotocopiarlo. Lo dice la nueva reforma. Es decir el Juez pudo sobreseer pero encontro probabilidades de que tu defendido lo cometio, entonces solicita el enjuiciamiento. Ahora te podes probar que servis. El escrito detallado como te dije. despues abierta la causa a prueba, todas.....
saludos
un grande!!!!!
mil gracias amigo!.