Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • años de servicio

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #665916  por monique40
 
consulta: jubilacion de señora nacida en agosto de 1950, por moratoria 24476 le puedo comprar 25 años, me faltan 5 años para los años de servicio, pero no puedo completarlos, con algo mas, algun beneficio, algo? gracias.
 #665940  por MARIO1943
 
ESTE ES UN TEMA MUY TOCADO, NO HAY BENEFICIOS PARA LOGRAR EL FALTANTE, SALVO QUE TENGA APORTES DESPUES DEL 9/1993, QUE COMPLETE EL FALTANTE, LEE TODO LO TRATADO A SDM, ES MUY DELICADO Y HAY QUE SABER HACERLA MUY BIEN, CERRANDO TODOS LOS FRENTES POSIBLES
 #665945  por arielruiz86
 
Hay otras opciones tambien, aunque un poco mas onerosas y no inmediatas pero mas seguras (inscribirla y pagar monotributo mes a mes mientras compensa un poco con el execeso de edad).
 #665999  por andrea1982
 
Si, pero si la inscribe como monotributo, en qué la inscribe? Porque corre el riesgo de que le reclamen DREI o IIBB, por ejemplo.
Saludos!
 #666005  por monique40
 
si es un tema muy tocado pero, siempre apelo a la imaginacion mia y la de mis colegas foristas, o algo nuevo que no me enteré, gracias a todos!
 #666047  por arielruiz86
 
andrea1982 escribió:Si, pero si la inscribe como monotributo, en qué la inscribe? Porque corre el riesgo de que le reclamen DREI o IIBB, por ejemplo.
Saludos!
Si cierto, es que aca en Cordoba no sucede lo mismo.
 #666056  por tita1955
 
Perdòn Arielruiz la AFIP Y SUS CONTROLES SON NACIONALES.
 #666058  por arielruiz86
 
Porsupuesto. Lo que se quiere decir es que aca en Cordoba IIBB (Ingresos Brutos) o tasa comercial (impuesto a nivel municipal) no le interesa ni le importa que uno se inscriba en el monotributo como sucede en otras provincias. Y la Afip tampoco reclama que uno se inscriba en IIBB o en la municipalidad.
 #666086  por andrea1982
 
Coincido con Ariel, ni DREI (derecho de registro e inspección) ni IIBB son impuestos nacionales y por ende, AFIP no tiene competencia para reclamarlo, habrá que ver si a quien le corresponde reclamar lo hace o no.
 #666101  por tita1955
 
cuando quiera dar la baja en monotributo es lo que primero piden,digo hay que atenerse a lo que pudiera si se incribe como monotributista cuando no lo es pero que arriegue si quiere.
 #666106  por andrea1982
 
Bueno, eso es relativo, porque es algo que depende de cada provincia, para dar un ejemplo sencillo, en Santa Fe, los abogados no pagamos IIBB y en otras provincias no, por lo cual, tendría que consultar con algún profesional en qué actividad puede inscribirse para no pagar IIBB en su provincia, o DREI (o similar) en la municipalidad. Para eso hace falta un contador, y no un abogados, como nosotros, que apenas sabemos algo básico de D. Tributario.
Saludos!
 #666107  por andrea1982
 
Perdón, quise decir que en otra provincias los abogados pagan IIBB, en Santa Fe, no.
 #666124  por arielruiz86
 
En Cordoba los profesionales tambien estamos eximidos de pagar Ingresos Brutos a igual que otras actividades como los remiseros o actividades primarias, y con respecto a tema de inscribirse en el monotributo es muy comun y usual aca sin mucho control ni requerimientos, al menos para actividades sencillas y de tipo familiar, mas alla de la obligacion de tener que inscribirse en todos los tributos a nivel nacional, provincial y municipal, pero la diferencia que hay aca en cordoba es que no cruzan informacion entre los distintos organismos de todos los niveles como me parece que sucede en las demas provincias (al menos por el momento).
 #666130  por molinag
 
Igualmente no va a ser una fortuna...sobre que base imponible creen que pagar IIBB...
 #666131  por hugo2
 
andrea1982 escribió:Coincido con Ariel, ni DREI (derecho de registro e inspección) ni IIBB son impuestos nacionales y por ende, AFIP no tiene competencia para reclamarlo, habrá que ver si a quien le corresponde reclamar lo hace o no.
Afip no reclama impuestos provinciales, lo que no quita de acuerdo a la normativa te reclame:
- Talonarios de factura/recibos ( o sistema de facturacion habilitado )
- Facturas de luz
- detalle de metros cuadrados de superficie afectada a la actividad
- Listado de precios
- Contrato de alquiler si correspondiere.
- Detalle de ingresos para determinar la correcta categorizacion.
Etc.