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 #666411  por yolola
 
Hola Foristas!!! Antes que nada los saludo por este año nuevo deseandoles un 2011 exitoso y sobre todo de mucha felicidad!!!!

segundo les hago una consulta, estoy armando una carta documento intimando al locatario (inmueble vivienda) al pago bajo apercibimiento de iniciar el desalojo, porque adeuda 3 canones locativos.

la duda que se me presenta es porque en el contrato de alquiler hay una clausula que establece que el incumplimiento de cualquier clausula del contrato dará derecho al locador a rescindir el contrato, pedir el inmediato desalojo y daños y perjuicios. Por lo tanto quisiera que me ayuden indicandome como proceder...

yo en principio intimo al pago porque mi cliente no quiere quedarse sin inquilino aunque en realidad si no paga no le sirve de mucho...
pero si luego de transcurridos los 10 dias de la intimacion no se acerca a pagar lo adeudado, puedo directamente notificarlo de la rescision del contrato en base a la clausula q les mencione??? en ese caso de todas maneras el tema del desalojo lo voy a tener q iniciar igual porque el locatario de ahi no se quiere ir, y pienso... no me conviene rescindir asi siguen corriendo canones adeudados no?????

Bueno si alguien me puede dar una manito para orientarme acerca de cual es el mejor modo de proceder en estos casos les agradezcooooo Saludosss
 #669262  por diegogvillamayor
 
le envias cd con la intimacoin que marca la ley, que es la que decis de los 10 dias y si no se va tenes que iniciar juicio de desalojo, u homologar el convenio de desocupacion (si es que tiene) y ejecutarlo.
los sigue adeudando igual hasta que se vaya o lo desalojen. No te olvides de notificar al garante tambien.