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  • DONDE SE REGISTRAN LAS INHIBICIONES A LAS PERSONAS

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 #57134  por macobosio
 
Hola... Quisiera si alguien me puede asesorar? Mi tío quiso escriturar una casita que le dieron en el Instituto de Vivienda, pero la Escribana de dicha repartición dijo que no podía hacerlo porque estaba inhibido.
Mis preguntas SON:
Donde se puede averiguar el tema de las inhibiciones?
Tiene algun termino de caducidad dicha medida?
Y de ser así, cómo se la puede levantar (en caso de estar caduca)??. Desde ya, muchas gracias

 #57137  por paolaovi
 
El tema de las inhibiciones se averigua en el registro de la propiedad, hay tambien te vas a enterar por que esta inhibido y desde cuando...
caduca a los cinco años desde que esta inscripta, para levantarla vas a tener que averiguar porque la tiene sino no vas a saber por donde empezar..

 #57142  por Sailaw
 
Cuando caducan las Inhibiciones o los embargos, como bien dice la colega que me antecede, no es necesario pedir oficio al juez que la ordenó, basta con solicitarlo por nota al Registro indicando la caducidad de la medida, y es automático, las anulan.
 #57210  por macobosio
 
GRACIAS POR SUS RESPUESTAS.. MUY CLARIFICADORAS.