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  • SRA. DE 55 Aí‘OS OPERADA DEL CORAZON..NO PUEDE TRABAJAR MAS

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 #57384  por Yanina Rodriguez
 
CONSULTA URGENTE!!

PUEDE UNA SEÑORA DE 55 AÑOS QUE FUE OPERADA A CORAZON ABIERTO POR UN MAL CONGENITO, ESPERO HASTA AHORA PORQUE SABIA QUE LUEGO DE ESTA CIRUJIA NO PODRIA TRABAJAR MAS..ELLA NO TIENE NINGUN BENEFICIO, ES CARENCIADA.
HABRA ALGO QUE PUEDA HACER POR ELLA....ALGUN SUBSIDIO POR DISCAPACIDAD LE CORRESPONDE...
SABEN DONDE PUEDO CONSULTAR EN CASO DE QUE NO SEPAN ORIENTARME???

GRACIAS.-

 #57391  por SAVior S2
 
hola, en principio podria tramitar un subsidio por desempleo pero no se la veo dificil igual es la unica forma porque no puede acceder a los beneficios de la seguridad social porque nunca hizo aportes y tampoco creo que le de la plata para hacer unos pocos ahora y que le permitan acceder

 #57398  por Sailaw
 
La unica solución es un subsidio graciable, salen por ley, se debe averiguar en el Anses.

 #57408  por Yanina Rodriguez
 
GRACIAS

NO EXISTE UNA PENSION POR INVALIDEZ??? ALGO DE ACCION SOCIAL???
PREGUNTO PORQUE NI IDEA DE ESTE TEMA, ES PARA UNA SEÑORA QUE APRECIO MUCHO Y QUERIA AYUDAR

 #58059  por "doctoraZA"
 
22431. leete esta ley, esta señora puede tramitar una pension asistencial por invalidez, espero te sirva..... saludosss, ah pero eso si, que se siente a esperar porque tarda aprox un año , (bueno por lo menos le dan algo) son mas o menos 404 pesos. saludossssss

 #58119  por fidor
 
Es cierto podría obtener una pensión nacional por invalidez, el monto no lo tengo presente pero se que además te piden un porcentaje mínimo de invalidez que debe existir más todo el trámite administrativo que rodea a este tipo de pensiones. Sería importante saber de que pcia sos porque también existen pensiones similares en el orden provincial regido por leyes desde luego provinciales donde a veces el monto es mayor.-

 #58120  por fidor
 
Es cierto podría obtener una pensión nacional por invalidez, el monto no lo tengo presente pero se que además te piden un porcentaje mínimo de invalidez que debe existir más todo el trámite administrativo que rodea a este tipo de pensiones. Sería importante saber de que pcia sos porque también existen pensiones similares en el orden provincial regido por leyes desde luego provinciales donde a veces el monto es mayor. Todo se averigua en anses o en la autoridad de aplicación en materia social de la provincia correspondiente.-