Buenos dias:
Espero que uds me puedan orientar como actuar en este caso. Se trata de una conversion del 67 bis en divorcio vincular. Quiero saber procedimiento y honorarios.
Mi duda por lo que estuve leyendo en algunos temas del foro es que dicen que firmen los dos, tienen que firmar los dos?? o presentarse ambos? porque crei que bastaba con que firme uno.
Lo correcto para mi era presentar solo a la parte que requiere la conversion. Sale la sentencia, y esa sentencia se notifica a la otra parte. Teniendo en cuenta el tiempo (mas de 3 años) y las circunstancias, creia que no era necesaria la firma de la otra parte.... Solo hay que notificarlo una vez que este la sentencia, es asi?
Si es asi, entonces, presento el escrito en el juzgado de la sentencia anterior, que solo lo firma mi cliente, aguardo resolucion. Sale sentencia. Lo mando a inscribir. (¿o hay mas tramites en el medio?)
Y cuanto cobro de honorarios?
pd. soy novato, muchas gracias por las respuestas y la paciencia.
Espero que uds me puedan orientar como actuar en este caso. Se trata de una conversion del 67 bis en divorcio vincular. Quiero saber procedimiento y honorarios.
Mi duda por lo que estuve leyendo en algunos temas del foro es que dicen que firmen los dos, tienen que firmar los dos?? o presentarse ambos? porque crei que bastaba con que firme uno.
Lo correcto para mi era presentar solo a la parte que requiere la conversion. Sale la sentencia, y esa sentencia se notifica a la otra parte. Teniendo en cuenta el tiempo (mas de 3 años) y las circunstancias, creia que no era necesaria la firma de la otra parte.... Solo hay que notificarlo una vez que este la sentencia, es asi?
Si es asi, entonces, presento el escrito en el juzgado de la sentencia anterior, que solo lo firma mi cliente, aguardo resolucion. Sale sentencia. Lo mando a inscribir. (¿o hay mas tramites en el medio?)
Y cuanto cobro de honorarios?
pd. soy novato, muchas gracias por las respuestas y la paciencia.