Yo creo que no hay mucho que preguntar... leyendo el codigo fiscal no mas sale la respuesta.
En principio el ejercicio habitual de una actividad, a titulo oneroso, en el territorio de la provincia de buenos aires esta alcanzada por el impuesto sobre los iibb. En el caso de los abogados somos sujetos pasivos del impuesto en cuestion.
Ahora bien, que algun que otro colega no este inscripto no significa que no sea obligatoria su inscripcion. El plazo de inscripcion es 15 dias desde el inicio de la actividad (fecha que se cruza con la de la inscripcion en Afip). A partir de alli, el fisco puede proceder a la inscripcion de oficio.
Por otro lado, al momento de la regulacion de honorarios se exige el comprobante del pago de los iibb (el 3.5 sobre lo regulado).
La inscripcion se hace por medio de la web de arba, pero yo recomiendo simepre consultarle a un contador.
marielaabog escribió:300861 escribió:si vivo en provincia... tengo colegas que no estan inscriptas...qué hago...? gracias
puedo hacerte un prengunta: yo me acabo de matricular solo en provincia y tengo la posibilidad de iniciar ahora una sucecion. como es el tema con monotributo?. Si no estoy en monotributo no voy a poder iniciar nada?
en necesario estar inscripto en el monotributo. EL juez te va a pedir que acredites tu condicion impositiva.
Leer de la pagina de afip y el codigo fiscal!!!