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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #671889  por floppy
 
Hola amigos!! les cuento tengo un cliente que se va a vivir a otra provincia y quiere que sea yo quien le haga el reclamo administrativo y el juicio de reajuste, ya se encuentra en otra provincia, y quería saber si es posible que yo teniendo un domicilio diferente pueda presentar el tramite, o si se tiene que presentar si o si donde se encuentra la persona.
El me dice que tiene el derecho a elegir el profesional que lo represente y quiere que sea yo...de ser esto posible que poder presentaría....más que nada en esta primera oportunidad en sede administrativa..Gracias!!!
El tema es que si para determinar juez competente es el del domicilio del actor....entonces no podría representarlo, la otra que si pudiera, presentaría entonces a la anses poder general para juicios extendido por escribano y legalizado por ser de otra jurisdicción, considero que me lo tienen que tomar al trámite....o piden indefectiblemente el poder que se otorga en la udai....me orientan un poquito ante esta duda ....? gracias...
Floppy
 #671907  por arielarmando
 
Ese es el quid de la cuestión, administrativamente podés presentar el reclamo en cualquier Udai del pàís, pero a la hora de presentar la demanda judicial, el fiscal federal puede determinar que es incompetente la justicia de ese lugar, para proseguir con la causa y el juez de oficio se declara incompetente. Por lo que remitira las actuaciones al Juzgado Federal dónde tiene domicilio tu cliente.
 #671997  por markello
 
A ver, creo que te lo conteste por otro lado.

Lo mas expeditivo y seguro para evitar problemas es que tu cliente presente el reclamo en la udai de su nueva jurisdiccion, por supuesto, previamente debe acreditar datos en el anses para que esa jurisdiccion salga en el turno.

Como comente en su momento, nosotros en estos casos, enviamos el reclamo administrativo, el turno y el ACTA PODER JUDICIAL por mail o correo postal.

De esta manera personalmente presenta el reclamo, cuando llega la denegatoria se presenta ante el juzgado federal de su jurisdiccion para firmar el ACTA PODER y luego te remite por correo la DENEGATORIA Y EL ACTA PODER.

El problema aca es la vista del exte administrativo, si aun no lo han visto, seria interesante que te otorgue el poder ante el anses para obtener las copias certificadas.

Saludos
 #672020  por floppy
 
Gracias!!! te cuento el expediente administrativo ya lo tengo fotocopiado en su totalidad.....y esta en mi localidad....pensaba mandarle por mail el modelo da carta poder para que firme en su UDAI y del acta para que firme en su Juzgado Federal y continuar aquí en Mar del Plata con todo el reclamo administrativo y judicial, más que nada porque el cliente es una persona mayor y no esta muy bien de salud...desde ya gracias nuevamente!!!
Floppy