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  • Multa y Clausura Art. 40 ley 11683

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #672078  por Herman
 
Buenos dias a todos. Resulta que hace unos dias en un centro turistico tuve una inspeccion en el local de un cliente. Me labraron 2 actas, en una no tener controlador fiscal, otra por no emitir facturas por ventas superiores a $10, esto surge de que vieron comandas de $23, $16, etc y no estaban las facturas individuales por esos importes. Ya presente el descargo e impusieron multa y clausura pero solo hicieron mencion a la omision de emitir comprobantes por ventas superiores a $10. La realidad que no se omitia facturacion sino que la misma se realizaba en forma global.
Escucho su colaboracion ante posibles argumentos defensivos.
Como ven la posibilidad de apelar en la justicia al solo efecto de patear la clausura para mas adelante asi puede terminar la temporada de verano normalmente?.-

Saludos
 #672576  por Herman
 
GyD: gracias por tormarte la molestia de contestar a mi pregunta. De todas he visto mejores exposiciones de tu parte. Los post señalados ya los lei, eso y mucho mas. Pero necesito saber algunas cuestiones especificas de mi caso en particular, como por ejemplo:
1) se puede alegar la nulidad del acta por no contar con la descipcion de articulos y nombre del comprador en el caso de las comandas que intervinieron por importe superior a $10 y no estaba la factura individual o eso es solo aplicable al caso en que la omision de emitir factura la verifique el inspector al momento de perfeccionarse la operacion?
2) Es posible ampliar la prueba cuando haga la presentacion en la justicia o debe ser identico al descargo presentado por el art 77?
3) al solo efecto de ganar tiempo (porque veo negra la posibilidad de que me eximan de la clausura) voy a presentar el caso en el juzgado federal. Debo citar lapiduzz en la apelacion del 77 o no tiene sentido y directamente lo hago cuando presente el recurso del 78?
4) Las facturas hechas en forma global coinciden con la sumatoria de las comandas, ademas esto es facilmente verificable, les parece una falta formal tan grave como para que impongan 6 dias de clausura?

Espero sus comentarios
Muchas gracias
 #672586  por GyD
 
Herman escribió:GyD: gracias por tormarte la molestia de contestar a mi pregunta. De todas he visto mejores exposiciones de tu parte. (Che, como dijo la Coca: ¿Qué pretende UD de mi?!!!!) Los post señalados ya los lei, eso y mucho mas (me parece muy bien para empezar) Pero necesito saber algunas cuestiones especificas de mi caso en particular (tendríamos que preguntarle a alguien que sepa, che...), como por ejemplo:
1) se puede alegar la nulidad del acta por no contar con la descipcion de articulos y nombre del comprador en el caso de las comandas que intervinieron por importe superior a $10 y no estaba la factura individual o eso es solo aplicable al caso en que la omision de emitir factura la verifique el inspector al momento de perfeccionarse la operacion? Si no hay datos del comprador ni descripción del objeto: ¿cual es el elemento de convición que permite afirmar (no suponer) que existe una operación no facturada? Nulidad.
2) Es posible ampliar la prueba cuando haga la presentacion en la justicia o debe ser identico al descargo presentado por el art 77? Lo correcto es que el cuerpo probatior resulte del mismo expediente administrativo, igualmente los jueces son bastante permisivos en este aspecto.
3) al solo efecto de ganar tiempo (porque veo negra la posibilidad de que me eximan de la clausura) voy a presentar el caso en el juzgado federal. Debo citar lapiduzz en la apelacion del 77 o no tiene sentido y directamente lo hago cuando presente el recurso del 78? Lo que abunda no daña... pero tené en cuenta que el juez administrativo no hace control de constitucionalidad.
4) Las facturas hechas en forma global coinciden con la sumatoria de las comandas, ademas esto es facilmente verificable, les parece una falta formal tan grave como para que impongan 6 dias de clausura?
Pegele una mirada a la instrucción 6/2007 (creo) donde están todas las graduaciones y vea si lo encuadraron bien, depués llorre y patalee a gusto.
Espero sus comentarios
Muchas gracias
Saludos.
 #672728  por Herman
 
Buenos dias. Consulto: una vez presentado el descargo en los terminos del art 41 de la 11683 y emitida la sancion tengo que presentar la apelacion prevista en el art 77. ¿Esta debe contener una transcripcion textual de lo formulado en el descargo y agregar las disidencias que se tienen con la resolucion tomada por el funcionario o solo se debe elevar un escrito informando que se solicita la revision de la medida impuesta haciendo referencia al descargo y la resolucion tomada? Si yo entiendo que el funcionario que aplico la sancion no tomo la prueba en el sentido que quise darle sino que la interpreto de otra manera (porque quiso o porque no me di a entender). Ejemplo: le explique que la suma de las comandas coincidia con el importe facturado en forma global y en la resolucion me dicen que el hecho de que se hagan comandas y que las mismas no sen los documentos previstos por la RG1415 para el respaldo de las operaciones sino que deben ser facturas EXISTEN OPERACIONES MARGINALES!!!. Dada esta situacion puedo volver a explicar esto nuevamente de otra manera para ver si entienden la idea? Podrian mandar un modelo del recurso del art 77 para ver la estructura del mismo? ya se del principio de informalismo y demas cuestiones que rigen en materia administrativa, asimismo preferiria ver un modelo.-

Gracias
 #672792  por GyD
 
Herman escribió: la apelacion prevista en el art 77. ¿Esta debe contener una transcripcion textual de lo formulado en el descargo y agregar las disidencias que se tienen con la resolucion tomada por el funcionario o solo se debe elevar un escrito informando que se solicita la revision de la medida impuesta haciendo referencia al descargo y la resolucion tomada?
Gracias
Como todas las apelaciones administrativas es fundada, eso implica que los agravios se exponen en el escrito de apelación... :roll: Hacé de cuenta que apelas una sentencia: ¿transcribis el "formulario" de la contestación de demanda? :|
Saludos.