Hola,en mi caso un municipio reclama tributos por juicio ejecutivo a mi cliente, No hubo ninguna clase de aviso antes del juicio de que fueran a ejecutar una deuda,no lo intimaron previamente. Mi duda es porque no lo encuentro en ningun lado si en estos casos es necesaria una intimación previa como requisito anterior al cobro via judicial o no???? Soy de Córdoba. muchas gracias.
Entiendo que se trata de un juicio de apremios por deuda tributaria (Ej. alumbrado, barrido y limpieza).
Si es así, emitiendo un título ejecutivo, el municipio inicia el apremio sin necesidad de intimación previa.
Saludos desde Bs. As. para la "Córdoba de mis amores y para toda su gente"