hola a todos, me llamo una clienta. quiere otorgarle la tutela de su hijo al hermano de ella (tio) por la obra social. tengo entendido que esto se puede realizar pero solo en casos extremos..como abandono..es asi??
y para colmo de males la quiere en 1 mes.
la iba a rechzar directamente pero quise consultar que opinan uds primero. saludos
y para colmo de males la quiere en 1 mes.
la iba a rechzar directamente pero quise consultar que opinan uds primero. saludos