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  • Falta de prueba en el requerimiento del Fiscal

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 #679243  por virdelamerced
 
Hola a todos, mi consulta es la siguiente: Es un proceso por incumplimiento en los deberes de asistencia familiar, es decir q la ex mujer denuncia a su ex marido por no pagar la cuota alimentaria que establecio el Juzgado civil.
Se tomo la indagatoria en la cual el acusado no declaro, luego el Fiscal hizo el requermiento de elevacion a juicio. En dicho requerimiento establecio como pruebas, 3 testigos, el pago de la obra social que tiene el procesado y el recibo de sueldo. En el mismo omitio ofrecer como prueba la sentencia civil que establece la cuota alimentaria. Luego se llevo a cabo la audiencia que establece el Codigo procesal penal de la Ciudad de Buenos Aires, (similiar a la del art. 360) por la que se admitieron las pruebas. Nosotros, como defensa del procesado no ofrecimos ninguna prueba ya que nos parecio que si no esta la prueba donde se establece la deuda, no hay incumplimiento.
Quisiera saber que opinan porque es nuestro primer juicio, creemos que ya no se puede ofrecer nueva prueba, salvo q se trate de un hecho nuevo, lo cual no es, ya que la sentencia se conocia.
Espero Opiniones, y gracias!
 #679258  por Andres125
 
Artículo 1.-Se impondrá prisión de un mes a dos años o multa de veinte a mil australes a los padres que, aun sin mediar sentencia civil, se substrajeren a prestar los medios indispensables para la subsistencia a su hijo menor de dieciocho años, o de mas si estuviere impedido.
(según ley 23479).

tiene que demostrar que no paga alimentos, haya o no sentencia civil.
 #679357  por Marambio
 
Tal como usted dijo, una vez transcurrida la audiencia del art. 210 CPPCABA, ya no se puede incorporar prueba conocida al debate. Sólo puede incorporarse la nueva prueba de la que se tomó conocimiento durante el debate (no sé si es art. 234 ó 236 CPPCABA).

A la ley 13.944 no le interesa que haya o no sentencia civil. Lo que usted tiene que probar es que el padre nunca se sustrajo de prestar los medios indispensables para la subsistencia de su hijo, independientemente de lo resuelto en sede civil.