Hola les consulto sobre como encuadrar esta relacion laboral, trabaj en negro para un taller o fabrica que arman carteras para distintas marcas, el empleador esta inscripto en afip como fabricante de bolsos etc, entiendo que se rige por la lct, pero me confunde con el tema del trabajo a domicilio y talleristas el art. 3 inc. b. de la ley 12.713 no me queda claro si esta ley se aplica a los obreros que trabajan para los talleristas o intermediarios o solo para los talleristas y los obreros se rigen por la lct.-
que les parece intimo por 24013 y lct no?
si alguien me puede aclarar el panorama gracias.-
que les parece intimo por 24013 y lct no?
si alguien me puede aclarar el panorama gracias.-