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  • SOBRE TASA DE JUSTICIA

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 #685638  por PALITO3669
 
Estimados:

Estoy con una duda de como proceder: El tema es que inicié un proceso de daños y perjuicios por un total de $ 165.000 y el juzgado me intima a que abone tasa y sobre tasa. El tema es que son $ 3630 + 363 (mucho dinero) que el cliente no lo tiene. Además me siento culpable porque no asesoré sobre ese gasto. ¿que puedo hacer?

Agradezco su ayuda y tiempo.
 #685965  por estudiojuridicobds
 
doctor tranquilo que no pasa nada, tiene que realizar un beneficio de litigar sin gastos en ese caso , lo puede presentar antes de la interposición de la demanda o después de haberla presentado.
le paso un pequeño dato que hay veces que funciona, muchas veces para efectos de evitar el pago de la tasa y sobretasa y no tramitar un beneficio de litigar sin gastos , no cuantifico el daño, lo que hago es presentar la demanda con monto indeterminado pagando solamente 5 pesos q es el monto de la tasa que se abona en ese caso , ojo siempre lo hago cuando me toca un accidente de transito y el perjuicio lo ha sufrido una persona.
pruebe a ver que le dicen en el juzgado, vio que cada juzgado tiene su propio "codigo"
le mando un abrazo
 #686030  por PALITO3669
 
Gracias estimados por sus consejos:
Les cuento que la demanda (ya la presenté) y en el primer proveido me pidieron que cumpla con la tasa.


les consulto: Se puede iniciar aún el BLSG?
me alerda el proceso?.

Si bien el cliente cuenta con trabajo, pero obviamente no le sobra el dinero para pagar casi cuatro mil pesos!!!.

Creo que la falla fue mia, ya que como dicen uds, no debería haber cuantificado el daño...

Gracias nuevamente
 #686033  por estudiojuridicobds
 
PALITO3669 escribió:Gracias estimados por sus consejos:
Les cuento que la demanda (ya la presenté) y en el primer proveido me pidieron que cumpla con la tasa.


les consulto: Se puede iniciar aún el BLSG?
me alerda el proceso?.

Si bien el cliente cuenta con trabajo, pero obviamente no le sobra el dinero para pagar casi cuatro mil pesos!!!.

Creo que la falla fue mia, ya que como dicen uds, no debería haber cuantificado el daño...

Gracias nuevamente
el proceso principal no lo perjudica, ademas el beneficio una vez iniciado le da la posibilidad que si le conceden alguna medida cautelar la pueda inscribir sin gasto alguno, le adjunto un fallo que le puede servir
" se encuentran eximidos de la contracautela quienes actúan con beneficio de litigar sin gastos. Así, aún cuando el beneficio se encuentre en trámite, si no surgen presunciones que inclinen a pensar que la petición será denegada, el relevo de la contracautela debe otorgarse transitoriamente, antes de que se resuelva sobre la procedencia de aquél. (“LLANO DE MARTINEZ c/MARTINEZ s/NULIDAD DE CONVENIO 3/06/92C. 084300 Civil - Sala I”)"
no se mortifique tanto , no se equivoco, en virtud que el codigo lo autoriza a iniciar el beneficio antes o despues de haber presentado la demanda. un abrazo
 #686035  por ataale
 
Hola estudio juridico lo molesto para preguntarle algo: Me viene un cliente con una subasta del año 1998 la cual no se presento nadie. Fue por una deuda contratida con una financiera que hoy dia esta desaparecida. El dueño es cubano, el cual dejo un poder al abogado, y nunca mas apareció. Este año el abogado vuelve a pedir la subasta del bien.
Pregunta:
1- precribe algo de todo esto??
2- el poder puede vencer??
3- que debo hacer?
Le cuento que durante todos estos años le llego a mi clienta la cedula de constatación pero nada mas. O sea que se contaría como movimiento no?. Hay prescripción igual? Por lo que me cuenta mi clienta algo oscuro hay detras de todo esto, el tema de la financiera que no seria muy legal (como una bolsa de dinero) la cual desaperió sin dejar rastros. El cubano ni noticias. Y solo queda el abogado, que se le ofrecio una suma en el año 99 pero como queria mas plata por honorarios no acepto, y manifestandole a mi clienta que no se podia comunicar con el cubano. Si a Ud esto le parece raro a mi tb. Yo creo que algo pasa con el poder, o con el cubano, pero como saberlo?????????????.
 #686039  por estudiojuridicobds
 
yo le diría que tome conocimiento del expediente, con respecto del poder tendría que fijarse si esta estipulado el plazo, con respecto a las cédulas nuestro colega las debe realizar a efectos de la caducidad
 #686045  por ataale
 
Tomé conocimiento del expediente, con respecto del poder volvere para ver si tiene estipulado el plazo y con respecto a las cédulas, el 506 inc 2 de prescripción de la ejecutoria no sirve porque con las cedulas no se produce la caducidad. Entendi bien????????????. Muchas gracias por responder.
 #686054  por estudiojuridicobds
 
de nada colega, es acertado lo que dijo del art 506 , habla de las excepciones que se puede oponer una vez notificado el mandamiento, me tomo el atrevimiento de darle un consejo, llame al abogado de la contraparte, digale que van arreglar y cuanto pretende de sus honorarios, muchas veces las cosas se arreglan sin necesidad de seguir litigando. abrazo
 #1065359  por malederecho
 
Colegas, necesito ayuda!!
Me pasó algo similar a quien inició el post. Inicié una demanda por daños y perjuicios + escrituración por un monto muy alto y no inicié el BLSG. El tema es que si bien mi cliente es professional y tiene Buenos ingresos no cuenta con el dinero para pagar la tasa de justicia, que sería altísima. Pero además, fue una de las cosas que me mencionó mi cliente antes de iniciar, "si tengo que pagar más de lo que pagué hasta ahora, no presento demanda" (él compró un edificio a construir y hace dos años que debieron haberlo terminado y aún no está el final de obra ni está finalizada la construcción. No puede escriturar)
Puedo iniciar el BLSG posterior a la presentación de la demanda para eximir el pago de la tasa de justicia? Estoy segura que no me lo van a otorgar...
Qué puedo hacer para que no pague la tasa ahora? Más sabiendo que si bien va a tener una sentencia favorable, no va a tener de donde cobrarla, porque la demandada desapareció...
Necesito solucionar ésto porque estoy quedando muy mal con mi cliente...! AYUDAAA!!! y mil gracias!!